201308.20
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Delitos bancarios y lavado de dinero, en la mira de los fiscales

Los delitos económicos son uno de los costados más problemáticos de la Justicia al momento de establecer sanciones. El Ministerio Público Fiscal busca revertir esto y avanza con 150 nuevas causas.

En la actualidad, varios delitos económicos presentan ciertos elementos que en el caso del lavado de dinero se dan con habitualidad: la ausencia de un afectado directo, la presencia transnacional del crimen y el uso de herramientas jurídicas, principalmente societarias, destinadas a crear una apariencia de legalidad. A esto se suman los extensos tiempos del sistema de justicia que en los casos de procesos por corrupción demoran en resolverse un promedio de catorce años, lo que conduce a que se incremente el número de prescripciones. Las cifras de dinero que se mueven son millonarias y el daño a la sociedad es exponencial.
Lo cierto es que la demora en la resolución de este tipo de denuncias o de los llamados delitos de “cuello blanco” tiene anclaje, según lo advierten los especialistas en la materia, en varios factores como presiones políticas, abogados que aplican estrategias dilatorias y fallas en las legislaciones vigentes, entre otras cuestiones.
Desde el Ministerio Público Fiscal (MPF) a través de la creación de la Procuraduría contra la Criminalidad Económica y Lavados de Activos (Procelac) buscan revertir el déficit de condenas en la materia y apuntan directamente a perseguir la ruta del dinero.
“Hoy muchas formas de criminalidad común se expanden como mercados ilícitos, que generan violencia y se aprovechan de las situaciones de marginalidad para ofrecer oportunidades de trabajo a sectores jóvenes que luego son víctimas de la violencia social como de la selectividad del sistema penal que se encarga sólo de ellos, dejando intacta la expansión de mercado”, explica el especialista Alberto Binder, y advierte que la necesidad de “investigar, obstaculizar, castigar el flujo de dinero de esos mercados es hoy una de las herramientas principales para enfrentar a esos mercados en el corazón de dinámica”.

Lavado de dinero
Del mismo modo que ocurre con otros muchos “delitos de cuello blanco”, el lavado de dinero suscita cierta indiferencia social. “Este ilícito no figura en las estadísticas criminales, tampoco se confeccionan mapas de delito económico con barrios resaltados en rojo, los delincuentes no se perciben como tales ni son arrestados por la policía, así como son raras las veces en las que se juzgan en los tribunales penales delitos económicos complejos y con efectos difusos”, analiza la jefa de los fiscales, Alejandra Gils Carbó, al tiempo que hace hincapié en que “esto posibilita que se creen agujeros negros de evasión, fuga de capitales, vaciamiento, manipulación de títulos y de tasas de interés (millones de dólares se desvanecen en un instante) y que se magnifiquen las especulaciones financieras, conductas que generan, en los países periféricos, desigualdad y concentración de la riqueza”.
El lavado de dinero no encuadra dentro de las leyes de los mercados, ni en las sanas prácticas económico-financieras que deben gobernarlos. En conversación con BAE, el titular de la Procelac, Carlos Gonella, explicó que “se buscan revertir los bajos niveles de juzgamiento. Hoy existen sólo cinco condenas por lavado de dinero en el país y es muy bajo el estándar de juzgamientos. Desde la Procelac estamos trabajando en un mapa del delito de lavado en la Argentina; al momento tenemos 4 causas elevadas a juicio y 150 en etapa de instrucción”.
A su vez, desde la Procelac avanzan con los casos “JP Morgan” y “Banco BNP Paribas”, donde se detectaron típicas maniobras de lavado. En otro plano, anticipa Gonella, se encuentran trabajando en la primera denuncia presentada por lavado desde la institución, en un caso radicado en la provincia de Tucumán contra la mafia acusada de secuestrar a Marita Verón, sobre quienes en los próximos días presentarán un pedido de indagatoria.

La ruta del dinero
Gonella advierte que para abordar adecuadamente la investigación de estos crímenes económicos es necesario encarar el tema con una visión interdisciplinaria y de colaboración con otros organismos. “Hacemos foco en la investigación patrimonial y en investigar la ruta del dinero porque eso nos brinda no sólo elementos de prueba para corroborar la responsabilidad de los acusados, sino que también nos permite recuperar los bienes y darles una finalidad social”, indica Gonella, y agrega que en este plano avanzan sobre causas que están en etapa de investigación preliminar y que en los próximos días se van a judicializar.
En lo que se refiere al fraude económico bancario, se emprendió una investigación sobre la usura en la Ciudad de Buenos Aires sobre lo cual “se detectó que hay casas que prestan dinero a altas tasas de interés, incluso muy por encima de lo que establece la entidad financiera regulatoria. Estamos confeccionando un mapa de la usura y detectamos como patrón que muchas de estas casas que prestan dinero se han constituido bajo forma jurídica para obtener beneficios fiscales”, sostiene Gonella, y no descarta que esto conduzca a la presentación de denuncias penales.

Régimen penal cambiario
Gonella advierte que se presenta en este ámbito un escenario complejo dado que la ley que regula el régimen penal cambiario “tiene un desfase histórico de cuarenta años”. Así es que desde el MPF avanzan junto al Banco Central –que es la autoridad que instruye la causa– prestando asistencia técnica. “De acuerdo con esta ley el MPF no interviene en la etapa de investigación, sino que lo hace recién cuando el sumario está instruido por el banco y elevado al fuero penal económico para que los jueces dicten sentencia”, explica Gonella, sobre lo cual advierte que sería necesario avanzar con un proyecto de ley que elimine el régimen penal cambiario y que este delito ingrese en el Código Penal “para ser investigado de acuerdo con las normas procesales como el resto de los ilícitos”.

Sociedades offshore
Una herramienta indispensable para llevar a cabo las transacciones delictivas son las famosas sociedades offshore. “En estos casos, la economía ilegítima de los centros offshore crea un mundo jurídico paralelo donde la eficacia de las leyes decae al entrar a jugar el elemento transnacional”, sintetiza Gils Carbó. Se trata de personas jurídicas autorizadas por el país de origen para cumplir su objeto social y desarrollar su actividad exclusivamente en el exterior.
En este sentido, explica la funcionaria, la experiencia cotidiana de un fiscal permite conocer que la utilización de sociedades offshore para defraudar la ley y los derechos de terceros constituye un método que se generalizó en la década del ’90 en beneficio de un sector privilegiado de la ciudadanía. “De esta manera, se le permite a las elites económicas apartarse sin inconvenientes del ordenamiento legal, generando, a la vez, un grupo de débiles jurídicos, quienes serán los perjudicados por la actividad delictiva”, ejemplifica.
Mediante estos procedimientos que muchos Estados onshore amparan –explica Gils Carbó– buscan convalidar una manipulación del lenguaje (el “paraíso fiscal”) dirigida a producir un engaño ideológico, para así disimular la verdadera función de estos sitios: proveer a sus beneficiarios de herramientas jurídicas y contables para que logren evadir toda clase de leyes imperativas que rigen para el común de los mortales. “La aparición de estas herramientas jurídicas, implica una clara muestra de poder que le hace creer a la sociedad que el interés de un sector privilegiado es el interés de toda la comunidad”, señala la procuradora.
Lo cierto es que según lo entienden desde el MPF los tribunales deberían atender a esta clase de conflictos estableciendo un criterio de inversión de la carga de la prueba. “Por ejemplo, quien eligió radicar una sociedad en una plaza offshore para prevalerse de un régimen de opacidad y subreglamentación debe tener la carga de probar la legitimidad de su actuación, la identidad de sus titulares, el origen de los fondos empleados, etcétera, para reclamar un derecho o actuar ante la Justicia. La adopción de este criterio contribuiría a desestructurar este sistema corporativo de impunidad, organizado por importantes estudios jurídicos y contables”.
Así las cosas, los fiscales ponen el foco en los delitos de carácter económico y avanzan a paso firme para aumentar el número de condenas y revertir los bajos niveles de juzgamientos que son una clara deuda pendiente de la Justicia.

La UIF avanza en las querellas
En el marco de la persecución del delito económico, la Unidad de Información Financiera (UIF) cumple un papel de importancia como querellante en causas penales.
Cabe destacar que el rol como querellante de la UIF fue objeto de polémica en la tramitación de la Ley 26.683, de modificación del Código Penal, y de la ley 25.246, sobre encubrimiento y lavado de activos. Lo cierto es que al promulgar la nueva Ley Antilavado, el Gobierno nacional decidió vetar el artículo 25 de la normativa, que impedía el accionar de la unidad local como querellante en las causas penales.
A su vez el decreto 825, que promulgó parcialmente la ley 26.683, modifica el Código Penal y agrega el lavado de dinero como delito autónomo.
Así fue que la UIF fue admitida como parte querellante en la causa por las presuntas maniobras de lavado de activos realizadas por varias firmas que operan en la Argentina, a través del JP Morgan Chase.
Según la investigación, existe un registro de las transacciones financieras realizadas por diferentes firmas a través de cuentas offshore entre el 2006 y el 2008, con los nombres, números de cuenta, montos y sedes de los bancos implicados. En todas las operaciones figura la participación del JP Morgan Chase.
En lo que se refiere al caso “Banco BNP Paribas”, la UIF se presentó como parte querellante en los juicios que tramitan contra tres funcionarios públicos a raíz de las investigaciones realizadas en la causa contra el banco por lavado de activos. En el allanamiento de la sede de la calle Alem de ese banco, la Justicia descubrió que allí operaba una cueva financiera que había fugado al exterior más de u$s900 millones no declarados.

La Corte rechazó darle un fin social al dinero decomisado a María Julia
El caso María Julia representó el primer recupero de activos en hechos de corrupción en la Argentina, a través del remate del petit hotel que tenía la ex funcionaria para luego decomisar más de $3 millones.
Durante años, el Centro de Investigación y Prevención de Criminalidad Económica (Cipce) participó como “amigo del tribunal” en la causa donde se investigó el enriquecimiento ilícito de María Julia Alsogaray, quien finalmente fue condenada en el 2004. Además del decomiso del dinero robado al Estado, el Cipce litigó para lograr la entrega social de este dinero, proponiendo al Hospital Garrahan como destino posible. Frente a la negativa de la Corte Suprema, en el 2010 se presentó un recurso de reconsideración, explicando la importancia de que ese dinero fuera aplicado a un fin social específico, para visibilizar los efectos de la corrupción y reparar el daño social causado. El 6 de agosto pasado, luego de casi tres años, la Corte rechazó el pedido, dando por cerrado el caso.
“A nivel mundial se reconoce la importancia del recupero de activos en causas de criminalidad económica. Por un lado, es fundamental que el Estado decomise los objetos con los que se cometen estos delitos y las ganancias que generan. Pero además, darle a estos bienes un uso social permite que se avance en un cambio cultural que es imprescindible, visibilizando el problema”, explica a BAE el director ejecutivo del Cipce, Agustín Carrara, quien a su vez señala que “el hecho de que la Corte ni siquiera haya publicado esta decisión en el Centro de Información Judicial evidencia que no siente la necesidad de hacer una rendición de cuentas de cara a la sociedad”.
En su resolución, los jueces sostienen que asignar este dinero a un hospital público constituye una “liberalidad” que no están autorizados a realizar, y que esta “transferencia sin cargo de fondos públicos a terceros” iría en contra de las normas que garantizan el financiamiento del Poder Judicial.
“Con este fallo, la Corte ha demostrado dos cosas. En primer lugar, sigue ratificando la vergonzosa lentitud de la Justicia, habiendo tardado veinte años para resolver una causa que se inició en 1993. En segundo lugar, el máximo tribunal ha decidido darle la espalda a la sociedad civil, negándose a participar en una política pública que busque combatir la corrupción. Asignar ese dinero a un fin social específico habría sido un paso fundamental en el cambio cultural que se necesita para enfrentar la criminalidad económica”, explican desde la organización.
En este plano, Carrara advierte que en Italia, por ejemplo, desde hace casi veinte años los bienes confiscados a las mafias son asignados a políticas públicas específicas y tangibles: hogares para indigentes, tierras cultivadas por cooperativas, asistencia a las víctimas, etcétera. “Esto permite que la sociedad vaya tomando cada vez mayor conciencia de cuál es el daño que generan la corrupción y la delincuencia económica, y de lo importante que resulta que el Estado recupere esos bienes y se los devuelva a la comunidad”, explica.

Fuente: Diario BAE (20/8/2013)