201311.20
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El oficialismo logró el dictamen para el proyecto de responsabilidad del Estado

El Frente para la Victoria avaló la iniciativa que fue excluida del nuevo Código Civil, a la que le introdujo algunas modificaciones. La oposición firmó siete dictámenes de minoría.

El Frente para la Victoria en la Cámara de Diputados avanza a paso firme con el proyecto sobre la responsabilidad civil del Estado, que obtuvo dictamen favorable en una reunión conjunta de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Legislación General, tras el cuarto intermedio dispuesto entrada la tarde.

En tanto, la UCR, el Pro, el FAP, el Frente Renovador, Elisa Carrió (CC-ARI), Jorge Yoma (El Chacho) y Liliana Parada (Unidad Popular) impulsaron dictámenes de rechazo.

El oficialismo le introdujo algunas modificaciones al texto original, que fueron informadas por la diputada kirchnerista Graciela Giannettasio, pero se mantuvo en su postura de excluir el tema del nuevo Código Civil y Comercial, bajo el argumento de que le corresponde al derecho administrativo.

La modificación más importante tiene que ver con extender de dos a tres años el plazo para demandar al Estado “en los supuestos de responsabilidad extracontractual es de dos años computados a partir de la verificación del daño o desde que la acción de daños esté expedita”.

El diputado Juan Pedro Tunessi (UCR) pidió sin éxito que la pretensión resarcitoria contra funcionarios y agentes públicos prescriba a los tres años, y no a los dos, como indica el texto del oficialismo. Además, el bloque propuso un apartado dedicado a la responsabilidad del Estado en casos de corrupción.

Por otra parte, el dictamen de mayoría incorporó un párrafo en el artículo 10 que contempla la responsabilidad del Estado en su carácter de empleador. La propuesta, de Liliana Parada, fue redactada por Héctor Recalde (FpV), presidente de la Comisión de Legislación del Trabajo.

A pedido del diputado, también se modificó el artículo 9, que determinará que “la actividad o inactividad de los funcionarios y agentes públicos en el ejercicio de sus funciones por no cumplir sino de una manera irregular, incurriendo en dolo –y no en culpa-, las obligaciones legales que les están impuestas, los hacen responsables de los daños que causen”.

El último cambio, del chubutense Mario Pais (FpV) fue meramente de redacción, y agrupó el artículo dos en los incisos a y b, que son los que fijan los casos en los que se exime de responsabilidad al Estado.

Esas excepciones son “los daños y perjuicios que se deriven de casos fortuitos o fuerza mayor, salvo que sean asumidos por el Estado expresamente por ley especial”, y “cuando el daño se produjo por el hecho de la víctima o de un tercero por quien el Estado no debe responder”.

Así las cosas, el texto será tratado en el recinto de la Cámara baja durante la próxima sesión, el miércoles 27 de noviembre.

El proyecto de responsabilidad del Estado establece en su artículo primero que «las disposiciones del Código Civil no son aplicables a la responsabilidad del Estado de manera directa ni subsidiaria» y agrega que «la sanción pecuniaria disuasiva es improcedente contra el Estado, sus agentes y funcionarios».

Fuente: texto y foto publicados por Parlamentario.com (19/11/2013)