201312.10
Apagado
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Fallo completo: La Corte Interamericana de Derechos Humanos se pronunció sobre el Caso Mémoli vs. Argentina

Erreius - JurisprudenciaMediante sentencia dictada en el caso Mémoli vs. Argentina, la CIDH determinó que la duración por más de 15 años de un proceso civil de daños y perjuicios, fundamentado en una sentencia penal por un delito de injurias, aunado a la vigencia durante todo ese tiempo de una inhibición general de enajenar y gravar bienes, sobrepasa excesivamente el plazo que pudiera considerarse razonable para que el Estado resolviese un caso y afecta, de una manera desproporcionada, el derecho a la propiedad de los demandados. El Estado violó el principio del plazo razonable y el derecho la propiedad privada.

Por otro lado, concluyó que (i) las condenas por injurias dictadas en contra de los demandados fueron el resultado de un análisis detallado de cada una de las intervenciones, eximiéndolos de responsabilidad por expresiones consideradas opiniones que no desacreditaban a los querellantes  y responsabilizándolos por expresiones, contenidas en dichas intervenciones que, en el entender de las autoridades judiciales internas, habían excedido la simple opinión o análisis de la noticia, con el propósito de desacreditar o deshonrar a uno o varios de los querellantes; (ii) los tribunales internos constataron la existencia de animus injuriandi o dolo respecto de las expresiones por las cuales fueron condenados; (iii) absolvieron a las presuntas víctimas por la mayoría de las intervenciones por las cuales fueron denunciados, así como por el delito de calumnias, y (iv) al absolverlos por estas expresiones, los tribunales internos diferenciaron que algunas de estas expresiones constituían opiniones o tenían carácter potencial a efectos de eximirlos de responsabilidad penal por el delito de calumnias e injurias  o constituían “relatos de hechos” o “crónicas periodísticas”.

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