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La flamante ley para combatir el grooming ya tiene a su primer acusado

Un hombre, que fue detenido mientras esperaba a un menor frente a la puerta de un hotel, puede ser condenado a la pena de hasta 4 años de prisión. Por qué no fue pedofilia. Cómo lo pueden acreditar las víctimas. Qué recomiendan hacer los especialistas

2014-01-15 IProfesionalLas nuevas tecnologías y en especial las redes sociales han revolucionado el mundo de la comunicación. Mayores y menores de edad sostienen nuevas relaciones a través de plataformas digitales como Facebook donde intercambian contenidos de todo tipo (opiniones, comentarios, fotos y videos) en un océano que nunca se agota. A pesar de sus bondades, presenta un particular peligro para los chicos y adolescentes: el delito de grooming.

La palabra «grooming» es un vocablo de habla inglesa y se vincula al verbo «groom», que alude a conductas de «acercamiento o preparación para un fin determinado».

El grooming comprende todas aquellas conductas ejecutadas «on line» por pedófilos (los groomers) para ganar la confianza de menores o adolescentes mediante la utilización de una identidad usurpada, fingiendo «buena onda», empatía, identidad de intereses o contención emocional con la finalidad de concretar un abuso sexual.

Estos individuos utilizan los chats y las redes sociales como vehículos para tomar contacto con sus víctimas. Generalmente crean una identidad falsa (puede ser la de «un famoso») en Facebook o Twitter utilizando su imagen, y desde ese lugar toman contacto con el menor para emprender el camino del engaño que finaliza con una violación o abuso sexual.

Mediante mecanismos de seducción, buscan el intercambio de imágenes comprometedoras (de contenido sexual), que luego son utilizadas para extorsionar a las víctimas con la amenaza de su exhibición a familiares o amigos.

En la actualidad, esta problemática es moneda corriente y cobra a diario víctimas que guardan un promedio de edad que comprende de 10 a 17 años.

En todos los casos, el objetivo de estas acciones es uno solo: mantener un encuentro real con el menor o adolescente para abusar sexualmente del mismo.

Este delito fue recientemente reconocido por  la ley penal argentina mediante la sanción de la ley 26.904 (publicada en el Boletín Oficial con fecha 11 de diciembre de 2013) que lo incorporó al Código Penal con la siguiente redacción: “Artículo 131: Será penado con prisión de 6 meses a 4 años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”.

Hace pocos días, se conoció uno de los primeros casos de grooming bajo la nueva ley, cuando la policía detuvo a un hombre de 52 años en el partido bonaerense de Coronel Suarez acusado de tomar contacto vía redes sociales con menores de 13 y 14 años con la aparente intención de concretar algún acto de abuso sexual contra los mismos.

¿Por qué se configuró el delito?
En este caso, la madre de un adolescente de 15 años revisó el celular de su hijo, preocupada por su comportamiento extraño. Allí descubrió un historial de conversaciones del menor con un desconocido, que incluía una serie de ofrecimientos del mayor a cambio de favores sexuales, y que terminaban con una cita, ese mismo día a las 3 de la tarde, en un hotel alojamiento de la mencionada ciudad.

La mujer realizó la denuncia y el hombre de 52 años fue aprehendido en la puerta de un hotel de Coronel Suárez mientras esperaba al adolescente por la presunta comisión del delito de “grooming” u hostigamiento sexual a través de la web, en lo que constituye el primer caso de aplicación de esta figura incorporada hace exactamente un mes al Código Penal. El acusado también había convocado al encuentro a otro menor.

El fiscal que entiende en la causa, el titular de la UFIJ Nº 14 Especializada en Delitos Sexuales de la Fiscalía General de Bahía Blanca, Mauricio del Cero, dijo que “debe ser el primer caso en todo el país de groomig”.

 “La pedofilia no se consumó, por eso es `grooming`, que es como se denominan las maniobras para acercarse a un niño o adolescente, con finalidad de abusar o tener un encuentro sexual con él”, explicó el funcionario.

Luego agregó que “la policía no tuvo más que ir a la hora pactada y aprehenderlo. Porque además, en las conversaciones de chat, este señor pasó un teléfono celular, que es el mismo que tenía en su poder al momento de la interceptación policial, con lo cual pocas dudas hay sobre la identidad del autor”.

El acusado ya recuperó su libertad, por tratarse de un delito excarcelable, pero continúa sometido al proceso judicial.

“Antes era necesario recurrir a la figura de `promoción de la corrupción`, que tiene muchos requerimientos de prueba y es de constitucionalidad discutible. La nueva norma viene a llenar un vacío legal tipificando un nuevo delito con menos requerimientos probatorios, que viene a adaptar el Código Penal a la época y a la utilización de nuevas tecnologías”, agregó.

Del Cero explicó la gradualidad de los actos que configuran el delito, porque “se trata de un acoso progresivo, por etapas”, durante el cual el hostigador “busca hacerse amigo asegurando compartir los mismos gustos y empleando el lenguaje de los adolescentes”, como se dio en este caso.

Repercusiones
De acuerdo al abogado especialista en redes sociales, Fernando Tomeo, la acción delictiva se configura cuando el pedófilo toma contacto con el menor (utilizando un medio informático o cualquier tecnología de transmisión de datos) con la finalidad (propósito) de cometer un delito contra la integridad sexual del mismo.

“Esa finalidad o propósito es acreditable con los contenidos intercambiados entre el pedófilo y su víctima”, señaló.

“Este lamentable hecho constituye un nuevo llamado de atención para padres e instituciones educativas que deben tomar conciencia de esta modalidad delictiva con particular cuna en las redes sociales, como Facebook, a las cuales los menores acceden con promedios de dos a tres horas diarias”. Además, señaló que esta modalidad delictiva ha venido para quedarse”.

El fiscal Ricardo Sáenz explicó que muchos casos se generan con la introducción de un software malicioso en la computadora del menor (a través de un mensaje amistoso con algún adjunto que al bajarlo ejecuta el virus) que envía al abusador la clave usada por el niño por ejemplo en algún servicio de mensajería, y con ella lo extorsiona con cambiarla y no “devolverle” la cuenta si no cumple con su voluntad.

“El crecimiento de la conectividad a Internet en la Argentina en los últimos años (mayor a la media mundial) y la gran difusión de las redes ha provocado un marcado aumento en los delitos que se cometen en perjuicio de jóvenes y niños, muchos de los cuales pasan varias horas al día frente a sus pantallas, y se exponen a ser captados por pedófilos que los engañan, a partir de la gran información que los propios chicos vuelcan en sus perfiles sociales”, enfatizó.

Fuente: texto y foto publicados por IProfesional (15/01/2014)