201402.14
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Irá preso por no cumplir con la cuota alimentaria en Córdoba

Fue condenado a un año y un mes de prisión efectiva. Durante siete años omitió sus obligaciones de asistir a sus cinco hijos. El hombre deberá trabajar en la cárcel y reparar parte del daño causado.

cordobaLa justicia de Córdoba condenó a un año y un mes de prisión a un hombre, de 37 años, por encontrarlo responsable del delito de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar en forma continuada, entre febrero de 2007 y agosto de 2013, en perjuicio de sus cinco hijos.

Durante siete años el hombre incumplió con el pago de la cuota alimentaria para los niños, razón por la cual deberá trabajar en la cárcel y reparar así parte del daño causado y abonar parte de la cuota alimentaria.

La dispuso la Jueza en lo Penal Juvenil de 7ª Nominación de la ciudad de Córdoba, Nora Giraudo, al tiempo que determinó que en la unidad carcelaria se le brinde asistencia psicoterapéutica que le permita modificar “su posicionamiento subjetivo inmaduro y reflexionar sobre sus conductas”, de manera que “pueda asumir el rol paterno y todo los compromisos que éste conlleva”.

La jueza también ordenó que el sujeto se incorpore al sistema educativo, para que pueda “concluir el ciclo escolar primario”, y que se capacite laboralmente para obtener un trabajo remunerado, con el fin de que pueda “reparar el daño causado y abonar la cuota alimentaria mínima e indispensable de todos sus hijos” (ocho en total, cinco con la primera pareja, uno con la segunda y dos con la tercera).

La cuota alimentaria fue fijada en 2.300 pesos, que deberá abonar mensualmente a los hijos por los cuales se hizo la denuncia penal, una vez que recupere la libertad. Para determinar el monto se tomó como parámetro el valor de la Asignación Universal por Hijo (460 pesos, por cada uno).

En la resolución, la jueza tuvo en cuenta la “actitud reticente” del imputado, que, en el marco de una causa previa que homologaron en el fuero de familia, impulsada por su ex esposa, se había comprometido a abonar 300 pesos mensuales, cosa que “hizo en forma irregular” y, al embargársele el sueldo, renunció a su trabajo.

Asimismo, había pedido la suspensión del juicio a prueba a fin de someterse a “mediación”. Le fue acordado el beneficio, que tuvo que ser revocado y declararse su “rebeldía”. Por ello, Giraudo consideró que “hacía lo que quería” y le era “indiferente el resultado dañoso de su comportamiento y sus consecuencias legales, las que conocía”.

Fuente: texto y foto publicados por Cadena 3 (14/02/2014)