201402.21
Apagado
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Abandonó a su mujer en el embarazo y ahora va a tener que indemnizarla

La Justicia lo condenó por el daño moral que le provocó a la mujer.

CalrinLe contó que estaba embarazada y su pareja, en lugar de alegrarse, desapareció. La dejó sola todo el embarazo y recién cuando la beba cumplió seis meses, la reconoció. Ella lo demandó por daño moral y la Justicia le dio la razón.

El caso llegó al Superior Tribunal de Justicia de Corrientes porque tanto la madre como el padre cuestionaron la decisión de la Sala III de la Cámara de Apelaciones. La mujer afirmó que ese Tribunal desatendió el abandono “sorpresivo y definitivo” de su ex pareja cuando ella le contó que estaba embarazada y la herida que le causó que él le negara su paternidad. Hizo hincapié en lo mal que le podía hacer en su psiquis y sus valores morales. Por su parte, el hombre planteó que era “absurdo” condenarlo a reparar daño moral a una beba de seis meses por retardarse en reconocer su filiación.

Es que la mujer también había pedido una reparación de daño moral a favor de la beba, que nació el 7 de agosto de 2006 y tenía seis meses cuando el padre la reconoció por escritura pública. En ese sentido, los jueces fallaron: “Una niña de esa edad no puede sufrir minusvalía en su vida de relación ni sufrir sentimientos de inferioridad, de desprotección espiritual e inseguridad. En tan corto plazo de vida, la demora ocurrida en el reconocimiento de la paternidad no pudo haber repercutido como daño moral en la niña”.

Los jueces Guillermo Semhan, Fernando Niz y Juan Carlos Codello sostuvieron en la sentencia que “el hombre no hizo nada para disipar el estado de incertidumbre. Un supuesto progenitor puede tener derecho a dudar, pero no a permanecer inactivo ante la noticia, máxime teniendo en cuenta que resulta indudable que había tenido relaciones sexuales con la madre al tiempo de la concepción”. Validaron el abandono, la negación de paternidad, la irresponsabilidad y la mala fe, pero aclararon: “Se refieren todos al perjuicio sufrido de manera inmediata, principal, directa y exclusiva por la madre, no por la niña”. El daño moral de la mujer es porque “transitó toda la gestación sin la compañía ni apoyo espiritual del progenitor”. Aún no se fijó el monto de la condena.

“Es un buen fallo, razonable. No hay daño moral a la beba porque era muy chiquita. Pero sí a la madre. Estaba embarazada y luego con su beba, sola. Si necesitaba trabajar, necesitaba ayuda para que cuidaran de su beba. El hombre actuó con mala fe y se fue -explica a Clarín el abogado de familia Osvaldo Ortemberg-. Las indemnizaciones deberían ser más altas. Todavía son muy bajas, y eso queda de la cultura patriarcal”.

Fuente: texto y foto publicados por Clarín (21/02/2014)