201402.24
Apagado
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El cónyuge que asintió no es obligado cambiario

El cónyuge que asintió no es obligado cambiario

La Cám. Civ. Com. Minas Paz y Trib. Mendoza determinó que es innecesario el asentimiento conyugal previsto en el artículo 1277 CC para la suscripción suficiente de un pagaré.

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