201403.12
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Liberaron totalidad de beneficio para promoción de empresas de software

Las empresas de software podrán utilizar desde ahora el 100% del beneficio que previó la ley promocional.

softwareEn concreto, en el IVA, podrán pedir certificados de no retención, y así evitar ese mecanismo que las obliga a adelantar impuesto, en lugar de utilizar el bono de crédito fiscal que las libera ante la AFIP. Las exportadoras de software, por su parte, podrán usar ese bono de crédito fiscal para pagar Impuesto a las Ganancias, y no sólo IVA. Hasta ahora acumulaban hasta 5 años de saldos a su favor sin poder utilizarlos.
Esto se sumará para los exportadores a la reducción del 60% de la alícuota del impuesto sobre la renta –implica que en lugar de la alícuota de 35% pagan 14%– del que gozan todas las firmas del régimen, explicó Macarena Pereyra Rozas, de Carranza, Torres & Asoc.
Esto fue establecido por AFIP mediante dos resoluciones, una de las cuales crea un Registro Especial de Exportadores de Servicios. Inscribirse en el mismo será condición para gozar del beneficio extra en Ganancias.
Con estas resoluciones se implementa un sistema por el cual las empresas que estén en el régimen de promoción de la industria del software podrán usar el beneficio de manera total, indicó Pereyra Rozas.
El restante beneficio del régimen de promoción de software es la estabilidad fiscal hasta el 31 de diciembre de 2019.

Fuente: texto publicado por El Cronista Comercial (12/03/2014)