La Corte eleva a $ 50.000 el monto mínimo de los procesos cuyas sentencias pueden ser apeladas
Mediante la acordada 16/2014 la Corte Suprema de Justicia de la Nación elevó de $20.000 a $ 50.000 el monto mínimo de los procesos cuyas sentencias pueden ser apeladas, monto fijado por el artículo 242 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
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