201405.30
Apagado
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Google y Yahoo insisten en que no pueden realizar controles previos

Ante la Corte, los abogados de la modelo María Belén Rodríguez y los de los buscadores expusieron sus diferencias sobre la responsabilidad que tiene al indexar información personal en Internet.

El debate durante la segunda y última parte de la audiencia pública convocada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el caso en que la modelo María Belén Rodríguez demandó a los buscadores Google y Yahoo por daños y perjuicios, al vincularla en sus búsquedas con sitios pornográficos, fue intenso.

A las preguntas que hicieron los cuatro ministros, los abogados de la modelo se focalizaron, basándose en el artículo 1113 del Código Civil, en sostener que la maquinaria montada por los buscadores («ajena al control humano») es lo que ellos consideran «riesgoso», por lo que creen necesario un filtro previo en los casos donde se «ofende la honra de una mujer».

Los buscadores de Internet negaron esa posición e insistieron en que los reclamos deben analizarse caso por caso y que un control previo de la información indexada por ellos no les es posible ni técnica ni económicamente. Sí es posible luego, y siempre que precisen dónde está radicado el problema.

A poco de comenzar la exposición de los demandantes , la jueza Elena Highton de Nolasco preguntó por qué habían demandado solamente a los buscadores y no a quienes suben la información a la Red. La respuesta de Alejandro Aráuz Castex, abogado de la modelo, fue que, a veces, a esos sitios o personas cuesta mucho identificarlas. Y afirmó que, a María Belén Rodríguez «esas manifestaciones (las páginas pornográficas) no alcanzan a generarle un daño a su dignidad porque no proveen a la comunidad una difusión» de la magnitud que sí generan los buscadores. Aclaró que el objetivo no es hacer desaparecer a los buscadores. Lo que se procura es que, así como sucede con la pornografía infantil, se pueda operar técnicamente para evitar ese tipo de difusión en casos de infamia a las mujeres.

«¿Se busca un bloqueo general como el que autorizó el juez de primera instancia?», apuntó el ministro Juan Carlos Maqueda. Martín Leguizamón Peña, el otro abogado de la modelo, aclaró que no. Explicó que en el cumplimiento de una medida cautelar, comprobaron que Google no extendió el bloqueo a imágenes de otras mujeres con ese mismo nombre. En cambio, cuando Yahoo procedió al bloqueo a instancia del pedido judicial afectó a todas otras mujeres llamadas Belén Rodríguez.

El abogado de Google, Mariano Florencio Grondona, se refirió a esta medida de Yahoo como un «sobrebloqueo». Lo argumentó al explicar que Google no había procedido del mismo modo que el otro buscador.

«Yahoo bloqueó todos los resultados de búsqueda con el nombre de la actora y de todas sus homónimas. Eso es censura. Como no puede hacer el control previo, bloqueó todo resultado», dijo Grondona. El letrado recordó el caso de la modelo Mariana Arias. Cuando se bloquearon todos los resultados con su apellido, un juez homónimo de La Plata hizo un reclamo inverso y demandó a Yahoo para que vuelva a poner su información.

Cuando fue el turno de Google, Lorenzetti contó que en lo que va de este año, ese buscador recibió más de cien millones de pedidos de eliminación de resultados de búsqueda vinculados con materiales que presuntamente infringen derechos de autor en todo el mundo. Sólo en el último mes, añadió, la cifra superó los 25 millones.

La pregunta de Lorenzetti a Google fue qué hacen con esos reclamos. «En los reclamos privados se ve si la ilegalidad es manifiesta. Si es manifiesta se bloquea el resultado. Si no, no se bloquea y la persona que se siente afectada tiene que ir a un tribunal y pedir una medida cautelar. Si se dicta una medida cautelar, Google la cumple. En algunos casos de contenido que creemos que está protegido por la libertad de expresión, Google apela», respondió Grondona.

María Baudino, directora de Legales de Google Latinoamérica, aportó además que una gran proporción de los reclamos se les notifican extrajudicialmente por mecanismos on line gratuitos provistos por ellos mismos. Pero insistió que ante cualquier pedido de bajada de datos, por una orden judicial o por el sistema de notificación privado, es necesario identificar el contenido cuya eliminación se pretende a través de una URL (dirección precisa dentro de la Web). «Si no se identifica, ni Google ni los tribunales tienen la posibilidad de saber de qué se está hablando», amplió.

En la misma línea, Alberto Bueres, abogado de Yahoo, concluyó que si existe una razonable imposibilidad de adoptar medidas previas, al menos de forma generalizada, no hay actividad riesgosa. «Aunque es posible que el buscador individualice y bloquee un contenido aislado si se le indica su ilicitud, resulta imposible monitorear técnica y económicamente los millones de contenidos que existen en la Red por su volumen y por su velocidad de cambio. Sostener lo contrario propende a la censura previa», afirmó.

Tras la audiencia pública, la Corte deliberará y dará a conocer un fallo que determinará la responsabilidad o no de los buscadores de Internet, que puede sentar precedente.

Fuente: texto y foto publicados por La Nación (30/5/2014)