201407.16
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Proponen eliminar la “probation” en casos de violencia de género

Con esa iniciativa, la senadora Kunath busca proteger a las mujeres que denuncian esos casos y se encuentran en situación de vulnerabilidad por la presión y amenazas.

parlamentarioLa senadora nacional Sigrid Kunath (FPV-Entre Ríos) presentó un proyecto de ley para impedir que sea admisible la suspensión del juicio a prueba, o más conocido como “probation”, cuando se trate de un delito cometido mediando violencia de género contra las mujeres.

“El objetivo -explicó Kunath- es proteger a las mujeres que denuncian ser victimas de violencia y que se encuentran en situación de vulnerabilidad por la presión y amenazas que pudieran llegar a recibir no sólo de su agresor, sino incluso de su propio entorno familiar, pudiendo ser influenciadas para llegar a un acuerdo y suspender el juicio correspondiente”.

Puntualizó la senadora entrerriana que “la redacción actual del artículo 76 bis del Código Penal establece que el imputado puede ofrecer hacerse cargo de la reparación del daño y el juez decidirá sobre la razonabilidad del ofrecimiento pudiendo la parte damnificada aceptar o no dicha reparación”. Agregó que “esto puede permitir que el juicio se suspenda y no se pueda probar si la persona fue efectivamente culpable o no”.

Y señaló también que “si bien esto es útil para descomprimir la tarea de los juzgados y fiscalías frente a delitos menores, considero que en el caso de violencia de género, la mujer víctima de un delito rara vez se encuentra en una condición de igualdad para negociar, ya que hay muchos factores que influyen y pueden inducirla a “perdonar” a su agresor y dejarla expuesta a la misma violencia que denunció, con lo difícil que es para estas mujeres animarse a visibilizar estas situaciones”.

“En lo personal –manifestó Kunath- me siento en la obligación de plantear que esto se transforme en una ley y me animan tantas mujeres anónimas cuyos derechos son vulnerados y que necesitan de la mirada y atención de las instituciones”.

Cabe destacar que en los últimos tiempos ha habido una serie de decisiones de jueces de primera instancia que concedieron este beneficio a imputados en delitos cometidos en situación de violencia de género en franca contradicción con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el año pasado en el caso Góngora que, invocando convenciones internacionales de protección de las mujeres que el país ha ratificado, sentó el precedente de no utilizar esta figura procesal en este tipo de casos.

El proyecto propone modificar el artículo 76 bis del Código Penal, sumando a los casos donde no procede la suspensión del juicio a prueba, los delitos cometidos mediando violencia de género contra la mujer.

Se continúa así la misma lógica que la Ley 26.738 por la que se derogó la figura de avenimiento del Código Penal, que contemplaba la conciliación o acuerdo entre víctima y victimario de un delito sexual. Y se suma al avance en la legislación penal de protección de las mujeres, donde se destaca la incorporación del femicidio en el Código Penal. Además, se enmarca dentro de lo presupuesto por la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer («Convención de Belem do Pará»), que fue ratificada por ley en nuestro país y los postulados de la Ley de Protección Integral de las Mujeres.

Fuente: texto y foto publicados por Parlamentario.com (15/07/2014)