201408.19
Apagado
0

Arranca en el Senado el debate por la Ley de Abastecimiento

Un plenario de comisiones iniciará este martes en el Senado de la Nación la discusión del proyecto de ley para la creación de nuevos fueros judiciales para dirimir las controversias originadas en las relaciones entre comerciantes y consumidores. La reunión de las comisiones de Derechos y Garantías, Justicia y Asuntos Penales, Industria y Comercio y Presupuesto y Hacienda se llevará a cabo desde las 17 en el Salón Azul del Senado.

SenadoFuentes del oficialismo aseguraron que la discusión arrancará tras el informe que brindará minutos antes el secretario de Justicia de la Nación, Julián Alvarez. A continuación, los senadores fijarán la agenda de trabajo para el debate de los otros dos proyectos de ley enviados por el Ejecutivo sobre defensa del consumidor.

Se trata de las iniciativas para crear el Observatorio de Precios y Disponibilidad de Insumos, Bienes y Servicios y del marco regulatorio para las relaciones de producción, construcción, procesamiento, comercio y consumo.

El proyecto de constitución de nuevos fueros judiciales nacionales para «encausar y dar solución a las controversias originadas en el ámbito de las relaciones de consumo» cuenta con el visto bueno tanto del oficialismo como de la oposición.

Además del secretario Alvarez se presentarán ante los senadores asociaciones de usuarios y consumidores; por lo que aún se desconoce cuándo se pondrá a la firma el dictamen que será debatido en el recinto de sesiones.

El proyecto enviado hace dos semanas por la presidente Cristina de Kirchner al Senado impulsa la «creación de mecanismos legales para que estén a disposición de los consumidores y usuarios para agilizar la resolución de conflictos en el marco de las relaciones de consumo», tal como establecen los fundamentos de la norma.

La iniciativa crea tres instrumentos: el Servicio de Conciliación de las Relaciones de Consumo en la Secretaría de Comercio (COPREC); la Auditoría en las Relaciones de Consumo y la Justicia Federal y Nacional en las Relaciones de Consumo.

El COPREC es una instancia conciliatoria previa y gratuita para el consumidor, competente para dirimir los conflictos derivados de las relaciones de consumo, hasta cierta suma de dinero que no exceda los 55 salarios mínimos.

De acuerdo con el proyecto, el procedimiento de conciliación tendrá un plazo máximo de 30 días. A su turno, la Auditoría estará facultada para determinar el resarcimiento al consumidor, siempre que no se haya llegado a un acuerdo conciliatorio ante el COPREC.

En tanto, el nuevo fuero estará compuesto por ocho juzgados federales de Primera Instancia, dentro de los cuales funcionarán tres fiscalías y tres defensorías, y una Cámara Federal de Apelaciones, con una fiscalía y una defensoría pública oficial.

El nuevo sistema, de acuerdo con el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo, debe «regirse por principios de celeridad, inmediación, economía procesal, oralidad, gratuidad y protección para el consumidor».

Mientras, la iniciativa que crea el Observatorio de Precios y la que genera el marco regulatorio para las relaciones de producción y consumo serán analizadas más adelante.

El Observatorio funcionará como un organismo técnico para asistir a la Secretaría de Comercio en el monitoreo, relevamiento y sistematización de los precios y la disponibilidad de insumos, bienes y servicios comercializados y prestados en el país.

Esta nueva institución podrá recomendar a la Secretaría de Comercio el requerimiento de documentación relativa al giro comercial de las empresas e informes a organismos públicos y privados.

Finalmente, el marco regulatorio, según los fundamentos del proyecto, se sustenta en la «constitucionalidad de las acciones de intervención estatal, para evitar abusos y la apropiación indebida del excedente de la cadena de valor».

La Secretaría de Comercio, como autoridad de aplicación, podrá intervenir en los estados previos de la cadena de valor (sin contacto directo con el consumidor) «fijando márgenes de utilidad», así como «precios de referencia» y «niveles máximos y mínimos de precios para la provisión de bienes y servicios imprescindibles».

Fuente: texto publicado por Ambito Financiero (19/08/2014)