201409.02
Apagado
0

Se afianza la mediación en todos los rincones del país

El Ministerio de Justicia de la Nación informó que se realizan más de 100.000 mediaciones anuales. Por su parte, desde la provincia de Buenos Aires se avanzó en jornadas ante 2.000 abogados mediadores

Diario BAESi bien la mediación es un instituto que trae consigo años de trabajo y evolución, en los últimos tiempos se ubicó en un rol protagónico dentro del sistema de Justicia. En ese sentido, el ministro Julio Alak afirmó que la Argentina es “líder y pionera” en esa modalidad de superar conflictos judiciales en el fuero civil, frente a lo cual hizo hincapié en que se llevan a cabo “más de 100.000 mediaciones con éxito en la justicia civil por año”.

En este contexto, días atrás Alak participó en el Teatro Argentino de La Plata, junto a la vicepresidenta de la Corte Suprema de Justicia, Elena Highton de Nolasco, del II Encuentro Federal de Mediadores  al que asistieron más de 2.000 abogados mediadores, organizado por el gobierno de Daniel Scioli a través de su cartera de justicia.

“Las más de cien mil mediaciones anuales que se logran obligan a extender los instrumentos de capacitación, de modo que esa formación de los mediadores hoy ya no la hace sólo el Ministerio de Justicia, sino que en ella participan unas 200 instituciones”, resaltó Alak.

Lo cierto es que el registro de mediadores cuenta con aproximadamente 2.400 profesionales. Asimismo, en el ámbito carcelario, en lo que va del año hubo unas 760 entrevistas y reuniones de mediación, que tuvieron como protagonistas a 510 personas privadas de su libertad y a 250 efectivos del Servicio Penitenciario Federal.

Por su parte, el gobernador Scioli consideró al sistema de mediadores como “un gran cambio en la administración de justicia: de las 100.000 mediaciones a lo largo de un año, ha sido resuelto el 65 por ciento de los casos”.

La realidad es que en el plano judicial la mediación busca descomprimir la actividad de los tribunales que, en muchos casos, se ven atravesando una extrema saturación por la cantidad de casos que allí se dirimen. De esta manera, el impulso que se dio desde la provincia de Buenos Aires es que los litigios en materia civil y comercial no desemboquen en los tribunales, lográndose por esta vía que las partes puedan recomponer sus diferencias y el Estado pueda “recomponer el tejido social”.

Los resultados del sistema

“La provincia de Buenos Aires tiene un sistema muy avanzado, muy eficiente de mediación”, explicó Alak. A su vez, y en lo que refiere al sentido y resultados de esta herramienta, el titular de la cartera de Justicia nacional detalló: “La mediación es un instrumento muy importante para descongestionar los tribunales pero también para garantizar mayores niveles de convivencia en la Argentina, mediación no solamente civil y comercial a nivel nacional, sino que también es laboral; ha resuelto una infinidad de casos laborales, la hemos extendido también al ámbito penitenciario como una forma de resolución de conflictos en las cárceles, también a nivel escolar, en donde capacitamos a los docentes para que también capaciten a los niños como mediadores dentro del establecimiento escolar”.

En este sentido, Alak hizo referencia a la nueva Ley de Fuero de Consumo y Protección de los Consumidores, y adelantó: “Vamos a promover también la mediación de consumo, los conciliadores en el ámbito del consumo y esto va a también a descongestionar los tribunales”.

Lo cierto es que tanto desde el gobierno nacional como en la provincia de Buenos Aires se busca fortalecer la mediación como un medio para lograr el acceso a la Justicia, especialmente de los sectores más humildes. “Es muy beneficiosa para aquellos que no saben cómo acceder a un tribunal, también en el ámbito de las relaciones privadas, especialmente los conflictos de familia, porque no se resuelven los conflictos en un expediente que pasa por muchas manos, que mucha gente puede tener acceso, en donde se vuelcan demandas y requerimientos de tipo íntimo, sino que en la conciliación se va construyendo el acuerdo en un ámbito privado”, sostuvo Alak.

Beneficios

Entre las bondades de la mediación, los funcionarios destacaron que en el plano de los conflictos familiares es beneficiosa, a diferencia de los juicios que duran mucho tiempo y endurecen las posiciones a nivel familia. “En una mediación, como el procedimiento es rápido, lo construye un especialista en mediación. Como no hay expediente, hay rapidez, hay intimidad y hay posibilidad de llegar a acuerdos”, explicaron.

En este plano, Alak remarcó los resultados en materia de mediación comunitaria y detalló que se avanzó con centros de acceso a la Justicia en casi todas las villas  de la Capital Federal, “lo que permite bajar los niveles de violencia barrial, especialmente tiene muy buen impacto en la disminución de los hechos de violencia que terminan en la justicia penal por no resolución rápida de los conflictos vecinales”.

Por su parte, el secretario de Justicia de la Nación, Julián Álvarez, fue contundente: “La mediación es una herramienta fundamental para contribuir al acceso igualitario a la Justicia. La función de los mediadores es sustancial, ya que a partir de su trabajo cerca de la gente logran resolver problemas concretos evitando una mayor congestión en la Justicia.

Nuestro objetivo es trabajar para consolidar una Justicia más ágil y eficiente; por eso necesitamos fortalecer cada vez más a la mediación”.
Si bien es un hecho que la mediación prejudicial es una contundente herramienta para descomprimir a los tribunales de la cantidad de causas que reciben a diario, también existe la llamada mediación comunitaria, que es un vía para resolver los conflictos diarios que puede tener la gente y que nunca van a llegar a judicializarse. Estamos buscando que la gente pueda resolver sus problemas con las herramientas que tienen.

Otra de las diferencias que se establecen entre la mediación prejudicial y la comunitaria, es que en la primera es necesaria que sean abogados quienes representen a las partes, mientras que en la comunitaria los protagonistas son las personas que tienen el conflicto, acompañados por un tercero imparcial que los guía para llegar a un acuerdo. “Los acuerdos celebrados en mediación se cumplen más que las sentencias judiciales”, suele explicar la ministra de la Corte Suprema, Elena Highton al respecto.

En Córdoba, 6 de cada 10 casos llegan a acuerdo

Casi 6 de cada 10 casos que pasan por los espacios de mediación del Centro Judicial de Mediación son resueltos de manera favorable. El dato surge de un informe del Centro de Estudios y Proyectos Judiciales del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ). Con 11.997 causas remitidas a mediación, la herramienta se consolida en Córdoba como espacio alternativo, ágil y económico de resolución de conflictos.

Del total de las causas remitidas al centro, el 62 por ciento atraviesa el proceso de mediación. El resto no lo hace por diferentes motivos, como el desistimiento de una de las partes (14 por ciento) o la declaración de incompetencia prevista en la ley 9.032 (12 por ciento), es decir, las que no encuadran en las cuestiones de familia susceptibles de ser sometidas a mediación (sí lo son, por ejemplo, las relativas a cuota alimentaria o los regímenes de visita). Entre las que efectivamente se median (7.413 causas), el 56 por ciento llega a un acuerdo, contra el 44 por ciento que no lo hace.

En los barrios

Desde el Ministerio de Justicia de la Nación avanzan con el Programa Acercar que propone la llegada de la mediación social a los barrios. La iniciativa fue lanzada en julio pasado por el secretario de Justicia, Julián Álvarez, y el secretario de Asuntos Municipales del Ministerio del Interior y Transporte, Ignacio Lamothe, donde se acordó su instrumentación en los municipios de San Luis; Goya (Corrientes); Fontana (Chaco); Totoral (Córdoba); Paraná (Entre Ríos), y San Rafael (Mendoza); asimismo, suscribió el convenio de adhesión el municipio de San Miguel de Tucumán.

El programa a cargo de la Dirección Nacional de Mediación de la cartera de Justicia y Derechos Humanos tiene como objetivo fomentar la apertura de Centros de Mediación Comunitaria en municipios de diversas regiones del país para facilitar el acceso a la Justicia de toda la población y promover formas pacíficas de abordaje de los conflictos mediante la formación de operadores y mediadores comunitarios.

Julián Álvarez señaló que “los intendentes son los primeros mediadores sociales, los que saben cómo y dónde están los conflictos, y son los que necesitan este tipo de herramientas para solucionarlos.

Los intendentes son los que mejor conocen los problemas de la gente”, agregando que el objetivo del Programa Acercar “es capacitar a las personas que son referentes barriales, para que puedan realizar estas tareas con el municipio y los Centros de Acceso a la Justicia”, ya que partir de la experiencia de la mediación comunitaria “comprobamos que el 85% de los problemas se resuelven en esa instancia prejudicial”.

La mediación comunitaria es un procedimiento que aborda la solución de los conflictos entre personas a través del mediador, que actúa como tercero imparcial, facilitando la comunicación entre las partes.

Así, por medio de un proceso veloz y efectivo al que se asiste de forma voluntaria, se evita la compleja instancia judicial. De esta manera, los involucrados en el conflicto participan de la solución de sus propios problemas.

Avance con cambios en la provincia de Buenos Aires

En la provincia de Buenos Aires se celebran alrededor de 50.000 mediaciones civiles al año. En este plano, Scioli anunció el que quedará fuera del sistema de mediación penal: los homicidios culposos y los casos de violencia de género.

Lo cierto es que desde su implementación, hace dos años, se han sorteado más de 100.000 expedientes de Mediación Previa Obligatoria, de los cuales el 63% ha sido resuelto con esta modalidad y ninguno ha retornado a la Justicia.

Las modificaciones a la ley 13.433, que fueron anunciadas por el gobernador junto al ministro de Justicia, Ricardo Casal, fueron enviadas a la Legislatura provincial mediante un proyecto de reforma a la Ley de Mediación Penal.

Este cambio surge a partir de un caso que tomó trascendencia mediática cuando días atrás Gianfranco Dolce –quien atropelló y mató a tres personas en la Panamericana– fue beneficiado a través de la aplicación de una mediación, que lo libró de ir a la cárcel.

El hecho de que se excluya de mediación penal a los casos de violencia de género y homicidios culposos significa que para estas causas, el juez deberá dictar sentencia por lo acontecido.

Al respecto, Casal explicó: “Si la ley no es clara hay que aclararla, y si la ley permite cosas hay que corregirla, y por eso hoy mismo hicimos el proyecto”.

El proyecto de reforma modifica el artículo 6º de la ley 13.433, donde se especifica en los requisitos que excluye los casos de violencia de género, y en su inciso d) fija que no procede la mediación “en casos de homicidios culposos o cualquier otro delito que resultare la muerte de la víctima”.

Desde el Ejecutivo sostienen –conforme se expresa en el proyecto– que el sistema penal es una herramienta de última ratio que se orienta a la gestión de la conflictividad social pero que, a la vez, tutela valores esenciales para la convivencia democrática.

Conforme lo dice la letra del proyecto, “se estiman incompatibles con la aplicación del instituto previsto por la ley 13.433 los casos de violencia de género, en los que, por definición, suele existir una realidad de sometimiento por parte de la víctima que torna inviable cualquier acuerdo negociado en situación de igualdad”.

Del mismo modo, parece inviable que la Ley Procesal admita la sustracción del imputado al proceso penal en aquellos casos en los que se investiga su participación en un homicidio culposo u otro hecho que cause la muerte a una persona, en los que no sólo existe un resultado fatal irreversible sino que, a la vez, concurre un interés público concreto en la aplicación eventual de medidas restrictivas de derechos, como es el caso de la pena de inhabilitación especial prevista por el artículo 84 del Código Penal.

Frente a estos argumentos es que se avanzó y envió a la Legislatura la iniciativa de que por un lado modifica la actual redacción del artículo 6º de la ley 13.433 y, a la vez, “agregue como requisito del acuerdo, en el artículo 20, que, para los casos del artículo 94, segundo párrafo del Código Penal, se condicione el archivo de las actuaciones a la abstención por parte del imputado de desarrollar la conducta que ha generado la lesión por un plazo de hasta dieciocho meses”.

Fuente: texto e ilustración publicados por Diario BAE (02/09/2014)