201412.16
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Fue infiel y ahora la Justicia lo obliga a pagarle $40.000 a su ex mujer

Un Tribunal condenó al hombre tras probar que engañó a su ex mujer «durante toda la vida» y deberá indemnizarla por el «daño moral» ocasionado

IprofesionalUn tribunal condenó a un esposo infiel a resarcir con más de 40 mil pesos a su ex esposa por el «daño moral» que le causó haber soportado el adulterio.

«No se pone un precio al dolor o a los sentimientos, sino que se trata de suministrar una compensación a quien ha sido injustamente herido en sus afecciones íntimas», sostuvieron los integrantes de la Cámara Civil Beatriz Areán, Carlos Bellucci y Carlos Carranza Casares.

Los jueces dieron por probadas las infidelidades reiteradas del hombre, un diplomático cuya identidad se mantiene en reserva, «no en un año o en dos, sino durante toda una vida».

El tribunal evaluó el sufrimiento de la mujer al «haber cerrado los ojos y perdonado las reiteradas infidelidades, aceptar vivir separados en distintos países», e imaginó «el dolor, la angustia, la sensación de menosprecio que debió experimentar».

El diplomático llevaba una virtual doble vida, ya que a fines de 2006 viajó con su esposa al exterior «para pasar juntos las festividades de fin de año», pero en ese viaje la mujer «descubrió primero los chats» con la amante, con la que planeaba «pasar unas vacaciones».

«Como broche de oro, vendría la comunicación al hijo (de ambos) de que iba a ser padre», fruto de su relación extramatrimonial, explica el fallo.

El tribunal condenó al hombre a pagar 30 mil pesos por «daño moral» y 10.560 «para atender a gastos de tratamiento psicoterapéutico», y responsabilizó por «divorcio vincular de los cónyuges por culpa exclusiva del esposo, por las causales de adulterio y abandono voluntario y malicioso del hogar».

El fallo reivindica la doctrina mayoritaria que considera que «para que cese el deber de fidelidad es indispensable, al menos, la sentencia judicial que decrete la separación personal o el divorcio vincular. Por ello la separación de hecho de los esposos no excluye el deber de fidelidad».

«La inalterabilidad de las normas vigentes en materia de derecho de familia no pueden ser obviadas por los esposos por su sola voluntad. Resultaría inadmisible, por encontrarse en las mismas involucrado el orden público», añade el fallo consignado por DyN.

Fuente: texto y foto publicados por iProfesional (15/12/2014)