201412.18
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Fallo del día: La obra social del abuelo no beneficiará al menor

jurisprudenciaEl Sup. Trib. Just. Jujuy rechazó la demanda de guarda entablada por un abuelo a fin de que su nieto resulte beneficiario de su obra social, al haberse probado que el menor convivía con su madre, quien ejercía la patria potestad y -por consiguiente- la guarda del niño. Es que la pretensión estaba dirigida únicamente a beneficiar al menor con el ingreso a la obra social del abuelo, cuando la guarda no abarca solo dicha posibilidad, sino que impone deberes y responsabilidades mucho más amplias al guardador.

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