201412.30
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Estas fueron las 10 leyes más importantes aprobadas en un año "movidito"

Si bien se promulgaron pocas normas, fueron de gran relevancia para la vida de los argentinos. La gran mayoría, vino por impulso del Poder Ejecutivo y fue cuestionada por la oposición. Código Civil y Comercial, Ley de Abastecimiento y Responsabilidad del Estado, entre las más trascendentales.

411763El 2014 será recordado como el período parlamentario en el que se sancionaron pocas leyes, pero de gran relevancia para la vida institucional del país.

No sólo por el nuevo Código Civil y Comercial, sino también por el que dio vida a la Justicia del Consumo y que reformó la Ley de Abastecimiento, entre otras.

La gran mayoría de estas normas relevantes fueron impulsadas por el Poder Ejecutivo. En tanto, el sector antikirchnerista del Congreso cuestionó (aunque sin suerte) las propuestas que reformaron la Ley de Hidrocarburos, el Código Procesal Penal y la limitación de la responsabilidad del Estado y de sus funcionarios.

Código Civil
La Ley 26.994 deroga el régimen actual y a partir del 1 de enero de 2016 (o del 1 de agosto de 2015 si el Congreso aprueba una norma que adelanta su entrada en vigencia), los argentinos tendrán una nueva norma que regirá sus actos cotidianos.

La flamante norma consta de 2.671 artículos, divididos en seis libros. En sus títulos preliminares, introduce las reglas para el ejercicio de los derechos donde se contemplan las fuentes y aplicación, los criterios de interpretación y el deber de resolver del juez. Se reconocen los derechos individuales y los de incidencia colectiva.

En cuanto al Derecho de Familia, por ejemplo, será suficiente que uno sólo de los cónyuges manifieste su voluntad de divorciarse, sin necesidad de que exista mutuo acuerdo ni transcurra un plazo mínimo desde la celebración del matrimonio.

Además, se da validez a las convenciones matrimoniales, en los cuales la pareja podrá optar por un régimen de comunidad de bienes o de separación (cada uno de los cónyuges es propietario de los bienes y al concluir la unión, se queda con ellos).

También, entre muchos otros puntos, regula la unión convivencial y busca brindar mayor rapidez a los trámites de adopción.

En cuanto a cuestiones comerciales, en cuanto a las obligaciones de dar moneda extranjera, se habilita al deudor a librarse de su obligación mediante la entrega del equivalente en moneda de curso legal, al tipo de cambio oficial. 

Por otro lado, incorporan formas de contratación como los de arbitraje, agencia, concesión, franquicia, suministro, leasing, fideicomiso y los celebrados en bolsa o en mercado de valores, entre otros. Además, se regulan las cajas de seguridad en los bancos.

Asimismo, habilita la constitución de sociedades unipersonales. Se autoriza mediante sociedades anónimas que estarán sujetas a fiscalización estatal.

Responsabilidad del Estado
De acuerdo a la Ley 26.944 «el Estado no debe responder, ni aún en forma subsidiaria, por los perjuicios ocasionados por los concesionarios o contratistas de los servicios públicos».

Además, señala que la responsabilidad es objetiva y directa -por lo tanto, no requiere acreditar la culpa como factor de atribución-, y que el Código Civil no resulta aplicable para esta cuestión, ni siquiera en forma subsidiaria.

También establece que la sanción pecuniaria disuasiva (muy común en las relaciones de consumo, por ejemplo) es improcedente contra el Estado, sus agentes y funcionarios.

Asimismo, se exime de responsabilidad en casos fortuitos o de fuerza mayor, o bien cuando el daño se produjera por el hecho de la víctima o de un tercero por quien el Estado no deba responder.

Luego, indica cuáles son los requisitos para que proceda, sea por su actividad o inactividad legítima como ilegítima. De acuerdo con el texto, la primera procederá en forma excepcional, y sólo se repararán las consecuencias directas e inmediatas (se excluyen las mediatas, los daños afectivos y el lucro cesante) generadas en forma exclusiva por el Estado (es decir, sin existir causas conexas).

Se agrega que para que la reparación sea procedente se requiere un «sacrificio especial» en la persona dañada. Por otro lado, se prevé que los daños causados por actividad judicial legítima no generan derecho a indemnización.

Nueva Ley de Abastecimiento

La «Nueva regulación de las relaciones de producción y consumo» actualiza las penas previstas en la Ley de Abastecimiento de 1974, con el objetivo de atender la cuestión de los precios, que incluye la inflación y ciertos abusos sobre los consumidores.

En este sentido, habilita al Poder Ejecutivo aestablecer márgenes de utilidad y precios de referencia para cualquier etapa del proceso económico.

Además, permite aplicar sanciones a quienes remarquen artificial o injustificadamente los precios de una forma que no sea proporcional a los aumentos de los costos o a quienes acaparen mercadería, se nieguen a la venta de productos, afecten el normal abastecimiento de una mercadería o no entreguen facturas.

Código Procesal Penal 
La Ley 27.063 estipula tiempos más cortos para que la causa sea enviada a juicio oral, que se termine la etapa investigativa en un año y que el litigio se realice -como muy tarde- un mes después. Incorpora los principios de celeridad, oralidad, publicidad y “desformalización” de las decisiones.

La gran mayoría de los casos estarían resueltos en 10 meses. Por otro lado, para evitar dilaciones en causas menores -por ejemplo, lesiones leves- se regula la conciliación y mediación entre víctima y victimario.

Sumada la etapa de investigación y el juicio más los recursos y ejecuciones de la pena, se prevé que el proceso esté concluido en tres años.

Por otro lado, transforma el sistema inquisitivo, en el que el juez conducía la investigación y sobre cuyos resultados luego debía pronunciarse, a uno acusatorio. En estos casos, es el fiscal quien asume la tarea de investigar y de llevar adelante la causa.

Ley de Hidrocarburos
El Congreso modificó las Leyes 17.319 y 25.943, en el que reconoce el dominio del subsuelo a las provincias, pero crea un marco regulatorio único para todo el país con la Ley 27.007.

El texto fija nuevos plazos para las concesiones, ampliados y diferenciados según el tipo de explotación: 25 años para los yacimientos convencionales, 35 para los no convencionales y 30 para los desarrollos off-shore en la plataforma marítima argentina. Las provincias podrán otorgar prórrogas de 10 años a las empresas que cumplan con las inversiones.

Por otro lado, dispone la ampliación de los plazos de concesión, se establece una promoción fiscal para los proyectos de inversión de más de u$s250 millones, se pone un tope de 12% a las regalías (que puede elevarse hasta 18% en caso de prórroga) y se elimina la posibilidad del «acarreo».

Para adjudicar las concesiones, el texto establece un mecanismo de licitación competitiva, de modo de otorgarlas a las compañías que ofrezcan la mayor inversión.

Para las nuevas licitaciones, en tanto, suprime las reservas de áreas, mientras que las empresas provinciales “podrán participar en la etapa de desarrollo de los proyectos de acuerdo a su inversión”.

Procesos de quejas 
La Ley 26.993 crea en el ámbito del Poder Judicial el servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo (Coprec), donde los usuarios y consumidores podrán presentar sus reclamos de forma gratuita, y éstos deberían ser solucionados en un plazo de 30 días.

Los usuarios y consumidores podrán presentar reclamos cuyos montos no excedan un valor equivalente a 55 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM), a través de un formulario que será determinado en la reglamentación. Además, las empresas que no se presenten a esa conciliación quedarán sujetas a multas.

Si no se llega a un acuerdo, se podría accionar ante la Auditoría de Relaciones de Consumo, primero, y la Cámara Federal y Nacional de Apelaciones en las Relaciones de Consumo o ante la Cámara Federal de Apelaciones correspondiente.

En esos dos ámbitos, las audiencias serán públicas y orales, y el auditor o juez resolverá el caso en ese mismo momento. La decisión del auditor podrá apelarse en la instancia siguiente. En la Cámara de Apelaciones, todo el proceso no podrá durar más de 60 días.

Observatorio de Precios
El Congreso dio luz verde a la creación de un Observatorio de precios, que se encargará del monitoreo, relevamiento y sistematización de los precios y la disponibilidad de insumos, bienes y servicios que son producidos, comercializados y prestados en la Argentina (Ley 26.992).

El nuevo ente podrá requerir toda documentación relativa al giro comercial de la empresa o agente económico; e informes a organismos públicos o privados.

Moratoria previsional
La Ley 26.970 permite acceder a una jubilación a quienes tienen la edad requerida pero no la cantidad de aportes que exige el sistema. Los que quieran acceder al beneficio deben declarar una deuda por aportes impagos y saldarla con un plan de pago en cuotas, que se van descontando de los haberes mensuales una vez que la ANSES otorga la prestación.

Estará vigente por dos años y beneficiará a quienes tengan la edad jubilatoria (60 años las mujeres y 65 años los varones) o la cumplan hasta el 18 de septiembre de 2016 y no reúnan 30 años de aportes. El plan incluye a quienes tienen aportes insuficientes y a quienes nunca los hicieron o no estuvieron siquiera inscriptos. Se debe haber vivido en el país en todos los períodos por los que se declare deuda.

Registro “no llame”
Los clientes de las compañías telefónicas podrán dejar asentada su decisión de no recibir en sus teléfonos fijos y celulares llamadas y mensajes de texto con publicidades y ofertas no solicitadas (Ley 26.951).

Quedan exceptuadas de la normativa las campañas de bien público; las llamadas de emergencia para garantizar la salud y seguridad de la población; las campañas electorales; y las llamadas de quienes tienen una relación contractual vigente, siempre que se refieran al objeto estricto del vínculo y sean realizadas en forma y horario razonables y de acuerdo a la reglamentación.

La ley tampoco incluye en ese punto aquellas llamadas de quienes hayan sido expresamente permitidos por el titular o usuario autorizado de los servicios de telefonía en cualquiera de sus modalidades, inscriptos en el registro nacional «No llame».

Digesto Jurídico
La Ley 26.939 contiene las leyes nacionales de carácter general vigentes, ordenadas por categorías, un anexo con las no vigentes y la referencia a las aprobadas por organismos supraestatales o intergubernamentales de integración de los que la Nación sea parte.

Además, crea una Comisión Bicameral Permanente para que formen parte de al menos una de las siguientes comisiones: de Asuntos Constitucionales, de Asuntos Penales y Regímenes Carcelarios, de Legislación General y de Presupuesto y Hacienda.

Dicha comisión estará encargada de «analizar las actualizaciones del Digesto Jurídico Argentino propuestas por el organismo de asistencia técnica y, en su caso, emitir el dictamen correspondiente para su aprobación” y de «coordinar y supervisar la edición electrónica» del mismo, además de «resolver las consultas y las observaciones recibidas”.

Otras leyes relevantes
Este año se puso en marcha el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal), creada por una ley reciente del Congreso, en el cual se incluyen y publican las sanciones firmes aplicadas por el Ministerio de Trabajo y otros organismos. Además seactualizó el monto de las multas que recibirán los empleadores.

Por ejemplo, en el caso de las infracciones graves, se sancionarán con una multa del 30% al 200% del valor mensual del SMVM vigente al momento de la constatación de la infracción, por cada trabajador afectado. En las muy graves, el porcentaje irá del 50% al 2.000% del valor mensual del SMVM vigente al momento de la constatación de la infracción, por cada trabajador afectado.

Además, espera ser tratada por la Cámara de Diputados el proyecto de “Argentina digital”, en el que se declara como servicio público el uso y acceso a las redes de telecomunicaciones para licenciatarios de servicios de TICs, lo que habilita la regulación de tarifas en el mercado mayorista.

Asimismo, la norma que ya cuenta con media sanción del Senado autoriza a las telefónicas a brindar servicio de televisión -excepto la satelital- y declara a la telefonía fija como “servicio público”, lo que implica que sus tarifas estén reguladas.

Sin embargo, no le da el mismo status a la telefonía móvil. La iniciativa también introduce cambios en el régimen del servicio universal, elimina la larga distancia nacional -que implica mayores costos de la llamada- y prevé velocidades mínimas de las conexiones.

Además, incorpora el concepto de neutralidad de la red, esto es, que el servicio de Internet no pueda variar la velocidad o las condiciones a las que se accede a los distintos sitios web.

Fuente: texto y fotos publicados por iProfesional.com (24/12/2014)