201501.09
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Celulares: crecen los reclamos por el cobro de contenidos no solicitados

409131Son participaciones en concursos, noticias u horóscopos que engrosan las facturas de los usuarios; las empresas reintegran sólo los últimos tres meses.

Las operadoras móviles señalaron que en los últimos meses aumentó el número de clientes que reclaman por el cobro de servicios o contenidos no solicitados.

La mayoría de los usuarios detecta estos gastos cuando sufre un fuerte incremento en su factura. Muchos suelen adherir su factura al débito automático de su tarjeta de crédito y no revisan los cargos que llegan en la factura hasta que ya son demasiado caros. Descubrirlos es más complicado aún para quienes tienen el servicio prepago porque no reciben factura y muchos piensan que el crédito se consumió de forma más rápida. Los clientes prepagos, entonces, deberán consultar el detalle de sus consumos llamando a su operadora o ingresando en la página web de la empresa, si es que incluye esta información.

«En los últimos meses observamos que se incrementó la cantidad de reclamos por este tema. Por eso presentamos distintos canales para dar de baja el servicio, un plan de educación y concientización para el uso de estos productos; montamos una plataforma antispam, y desarrollamos una plataforma de control de estas empresas, que se está implementando de forma paulatina», adelanta Manuel Correa Cuenca, director de Marketing del grupo Telecom Argentina al diario La Nación.

Existen dos tipos de contenidos: los que cobran en la modalidad bajo demanda -como concursos y programas de TV- y contenidos por suscripción, que se cargan en la cuenta en la factura del usuario a cambio de contenidos con cierta periodicidad -diaria, semanal o mensual-.

«Un 80% de los contenidos son de modalidad suscripción y un 20% de modalidad bajo demanda», cuenta Marcelo Mitroga, responsable del negocio de Contenidos de Movistar Argentina al citado matutino.

Los SMS premium son, por ejemplo, los que se envían a programas de entretenimiento (como los de Susana Giménez o Marcelo Tinelli), canales de TV o emisoras de radio para participar de algún concurso o votación. En tanto, los contenidos premium, que se hacen bajo la modalidad suscripción y que suelen llegar por mensaje de texto son horóscopos, noticias, información de celebridades, chistes y trivias de entretenimiento, entre otros. Se trata de servicios prestados por terceros, no por las propias operadoras.

Qué hay que hacer
En caso de recibir alguna de estas notificaciones los expertos señalaron -en primer lugar- no se responda a estos mensajes y se busque asesoramiento respecto de las promociones ofrecidas. Por ejemplo, se puede consultar las bases y condiciones de las mismas a fin de no ser víctimas de un débito o incrementos indeseados en el consumo de telefonía celular.

Si se respondió a dichos mensajes sin haber sido informado del costo respectivo, se puede pedir la baja del servicio contratado (se debe enviar un mensaje de texto con la palabra «baja» seguida de un espacio y el nombre del servicio solicitado). Por último, no se deben reenviar datos personales, bancarios y contraseñas que permitan identificarse o aceptar bases y condiciones.

Las empresas indican que puede pasar como máximo un día hábil hasta que la baja se haga efectiva; pero en la práctica se dan infinidad de casos en que simplemente no sucede nada y el usuario sigue recibiendo «servicios» y/o publicidades no solicitados, afrontando el costo respectivo.

También se puede buscar en el sitio web del servicio de contenido contratado. En esas páginas también se pueden solicitar los reintegros por los mensajes cobrados indebidamente.

Otra medida que pueden tomar los usuarios es pedirle a la compañía de telefonía celular que bloquee su línea para recibir este tipo de mensajes. «Es una medida muy radical, que suele utilizarse dentro de las compañías para que los empleados no tengan la posibilidad de suscribirse a estos servicios porque sólo utilizan sus móviles para trabajar, pero si el cliente lo desea puede solicitar este bloqueo», dice Del Río.

Para el caso de que no se produzca la baja del mencionado servicio o no sea reintegrado el cobro indebido o los daños y perjuicios ocasionados por la demora el afectado deberá concurrir a formular la denuncia al Organismo Gubernamental de Defensa del Consumidor.

Si la audiencia de conciliación fuera dispuesta a una fecha remota, que prolongue el trámite innecesariamente en el tiempo, se puede reclamar judicialmente sin necesidad de agotar la vía administrativa, o recurrir en forma previa.

Para iniciar una acción judicial, se requerirá el asesoramiento y patrocinio de un abogado. Todas las acciones por defensa al consumidor gozan de gratuidad, según el art. 53 LDC, por lo que no se abonará ninguna tasa o gasto para su inicio.

Fuente: texto e ilustraciones publicados por IProfesional.com (09/01/2015)