201501.27
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Los puntos principales del proyecto de ley que crea la Agencia Federal de Inteligencia

La iniciativa que ahora está siendo revisada por la Secretaría Legal y Técnica consiste en una reforma del sistema para «transparentar un tema que evidentemente no ha servido a los intereses nacionales», explicó la Presidenta.

CristinaEn su primera aparición pública luego de la muerte del fiscal Alberto Nisman, la presidenta de la Nación, Cristina Kirchner, anunció que enviará al Congreso un proyecto de ley para disolver la ex SIDE y crear una Agencia Federal de Inteligencia (AFI).
Al fundamentar el proyecto de ley que el Congreso deberá tratar en sesiones extraordinarias, la presidenta remarcó que los agentes de inteligencia «venían desde el ‘83», con lo cual, aclaró, «no es un tema de este gobierno».
La iniciativa que ahora está siendo revisada por la Secretaría Legal y Técnica consiste en un proyecto de reforma del sistema de inteligencia para «transparentar un tema que evidentemente no ha servido a los intereses nacionales», explicó Cristina.
A continuación, los puntos principales del proyecto de Ley que dispone la creación de la AFI:
Disolución de la ex SIDE
En primer lugar, el proyecto anula la ex SIDE, ahora llamada Secretaría de Inteligencia, aunque la presidenta consideró que «el cambio de nombre no significa nada si no se modifican las prácticas».
En su lugar se creará una Agencia Federal de Inteligencia, a cargo de un director general y un subdirector designados por el Poder Ejecutivo que requerirán acuerdo del Senado.
«Se cambian y se establecen principios rectores y paradigmas totalmente diferentes», indicó Cristina al detallar los ejes del proyecto.
Creación de la Agencia Federal de Inteligencia
El nuevo organismo, que seguirá dentro de la órbita del Poder Ejecutivo, tendrá, sin embargo, un director y un subdirector que, si bien serán designados por el Presidente, deberán pasar por la aprobación del Congreso.
Ámbito de incumbencia
La Agencia trabajará en un ámbito concreto de defensa frente a ataques externos o frente a delitos complejospor su globalización, como la trata de personas, el narcotráfico, el ciberdelito, o los crímenes económicos. Las actividades de inteligencia interna solo quedarán limitadas a la investigación en materia de delitos federales complejos, inteligencia criminal o atentados contra el orden institucional o constitucional que prevé el artículo 36 de la Constitución nacional.
Escuchas a cargo de la Procuración General
La Agencia Federal de Inteligencia será el órgano superior que estará a cargo de las tareas vinculadas con las escuchas que ordenen los jueces. Pero el Sistema de Observaciones Judiciales, sistema de espionaje telefónico conocido con el nombre de «Ojota», será transferido a la órbita de la Procuración General de la Nación, hoy en manos de la cuestionada Alejandra Gils Carbó.
La primera mandataria justificó esta decisión al señalar que el Ministerio Público Fiscal «es el único Ministerio extrapoder».
De ahora en más, todo juez o fiscal que pueda pedir una escucha, deberá dirigirse al Ministerio de la Procuración Fiscal.
Centralización de la información
Cristina enfatizó que de sancionarse la ley «ya ningún funcionario va a poder contactarse con tal agente o tal persona: la única vía que tienen los funcionarios para conectarse con la Agencia va a ser la institucional, en la persona de su director y subdirector».
Por eso, serán penalizados «todos los empleados o funcionarios que tomen contacto con los servicios de inteligencia por afuera de los canales institucionales».
Clasificación de información
El proyecto también clasifica la información según sea confidencial, secreta, reservada o pública, y al mismo tiempo se crean bancos de protección de datos y archivos de inteligencia.
Protección de datos
Se crean los bancos de protección de datos y archivos de inteligencia que tendrán como objetivos controlar el ingreso y salida de información en las bases de datos y archivos de inteligencia garantizando de manera prioritaria su reserva constitucional y legal; asegurar que aquellos datos de inteligencia que, una vez almacenados, no sirvan para los fines establecidos sean destruidos y garantizar que la información no sea almacenada en las bases de datos de inteligencia por razones de raza, fe religiosa, acciones privadas u opinión política o de adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, de derechos humanos, sindicales, comunitarias, cooperativas, asistenciales, culturales o laborales así como por la actividad lícita que desarrollen en cualquier otra esfera.
Las penas
Se establecen penalidades para quienes no cumplan con las disposiciones vigentes, llevándose de 3 a 10 años, o sea, a un delito no excarcelable, a toda persona que interceptare, captare, desviare ilegalmente y en contra de disposiciones de esta ley, comunicaciones telefónicas, postales, de telégrafo o facsímil o de cualquier otro envío de objeto de transmisión de imágenes, voces, paquetes de datos, archivos.
Y también, serán reprimidos todos aquellos empleados o funcionarios que tomen -y aquí se crea un nuevo delito- contacto con los servicios de inteligencia por afuera de los canales institucionales.
Nuevo paradigma de Inteligencia
La ley tiene por finalidad establecer el marco jurídico en el que desarrollen las actividades los organismos de inteligencia conforme a la Constitución Nacional, los tratados de derechos humanos suscriptos y los que se suscriban con posterioridad a la sanción de la ley y a toda otra norma que establezca derechos y garantías.

Fuente: Texto e ilustración publicados por IProfesional.com (27/01/2015)