201502.27
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Causa AMIA: Se desestimó la denuncia por encubrimiento

jurisprudenciaEl titular del Juzg. Crim. y Correc. Nº 3 desestimó ayer la denuncia incoada contra altas autoridades del gobierno nacional argentino en orden a los delitos de encubrimiento por favorecimiento personal agravado, impedimento o estorbo del acto funcional e incumplimiento de los deberes de funcionario público (arts. 277 inc. 1 y 3, 241 inc. 2 y 248 del Código Penal) por la existencia de un presunto plan delictivo supuestamente destinado a dotar de impunidad a los imputados de nacionalidad iraní acusados -y prófugos desde 2007- por el atentado perpetrado el 18/06/1994 contra la sede de la AMIA, para que eludan la investigación y se sustraigan de la acción de la justicia argentina con competencia en la causa. Ello así toda vez que, tanto la definición del suceso como la consiguiente adecuación típica, se han basado -pura y exclusivamente- en los elementos de convicción con los que se contaba hasta el momento de presentación de la denuncia desatendiendo entonces la posterior incorporación al legajo de otros -ausentes al momento de la acusación fiscal- que inhiben el inicio de un proceso penal, por cuanto no solo dejan huérfano de sustento típico al hecho descripto sino que, además, se contraponen de modo categórico al supuesto «plan criminal» denunciado. Así las cosas, la ausencia siquiera de un comienzo de ejecución impide la adecuación del hecho denunciado en algún tipo penal.

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Fuente: Editorial Erreius