201504.28
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Justicia ciudadana: acusar sin pruebas en las redes sociales es un delito

En San Juan, una mujer quiso advertir de un supuesto secuestrador que merodeaba los colegios y acabó demorada; ahora afrontaría un proceso civil.

acusadoCreyó que advertía a otras madres de un peligro, pero al denunciar a ese hombre en las redes sociales acabó siendo ella la que podría haber cometido la falta y terminó demorada en una comisaría por orden de un juez. Andrea Femía, una madre sanjuanina de 39 años, recibió un mensaje de Whatsapp en el que se advertía sobre un supuesto secuestrador que se estacionaba cerca de los colegios. Unos segundos después, sin pensarlo mucho, subió la foto a Facebook, creyendo haber cumplido con su deber ciudadano.

Ahora afronta una demanda, a la espera de que la Justicia determine si debe indemnizar a ese hombre por haberlo acusado sin pruebas.

Compartir en las redes sociales una denuncia contra una persona, publicar su nombre o su imagen acusándola de algún delito conlleva una responsabilidad civil y penal.

Así lo entendió la justicia de faltas de la provincia de San Juan el viernes último. El hombre de la foto era Orlando Heredia, un albañil desocupado que dice que estaba esperando a su primo en una camioneta cuando le tomaron esa imagen. Cientos de usuarios la compartieron en las redes y así llegó al celular de los hijos de Heredia, según explicó su abogado, César Oro. LA NACION consulto a Femía, pero la mujer no respondió las llamadas.

Las denuncias de este tipo se han convertido en una práctica muy difundida en las redes. Supuestos violadores, padres violentos, infractores de tránsito, maltratadores de animales y hasta ladrones en el subte son los blancos favoritos. En todos los casos es interpretada por los usuarios como una forma de ejercer una «justicia ciudadana». Sin embargo, distintos especialistas en derecho civil, en delitos informáticos y en calumnias e injurias consultados por LA NACION coincidieron en que quien comparte denuncias infundadas contra terceros en redes sociales deberá responder por los daños generados.

Sin embargo, hubo matices acerca de si era correcto puntualizar en un usuario determinado, en aquel que originó la información, o en toda la cadena de usuarios.

«Internet es un medio de difusión. Cualquier persona que dañe la imagen de otra tiene que responder. Es probable que la proliferación de estas denuncias llegue por la inacción de las autoridades ante esos delitos. Sin embargo, esto no puede estar exento de la responsabilidad. Y los usuarios de las redes deben ser conscientes de que no pueden dañar el honor de una persona con una denuncia falsa. Porque en Internet nada es gratuito ni anónimo», asegura Horacio Granero, presidente de la editorial de jurisprudencia El Dial, que intervino en la redacción del proyecto de reforma del Código Penal sobre delitos informáticos.

«Con Internet y las redes sociales, los ciudadanos no sólo ejercen libertad de expresión, sino también libertad de prensa. Ante esta nueva realidad, la Red no debe ser sancionada. No debemos poner el foco en el medio utilizado, sino en la conducta. Si existe un delito de calumnias e injurias, o un delito contra el honor, corresponderá a la Justicia determinar qué alcance tiene y también la reparación», explicó el abogado constitucionalista Gregorio Badeni.

«Sin embargo, este caso tiene cierta complejidad. Por un lado está la responsabilidad de quien profirió la injuria. Pero otro, llama la atención que un juez de faltas tome la atribución de demorar a una mujer basándose en una falta de un código local que no puede regular en materia de libertad de expresión, garantizada por la Constitución, y que sólo puede ser competencia del Congreso», agrega Badeni.

Se refiere a que la denuncia de Heredia fue hecha ante el Juzgado de Faltas de Segunda Nominación, a cargo de Ricardo Grossi Colombo. El juez consideró que era una infracción al 113 del Código de Faltas de esa ciudad, que castiga «al que en lugar público o por medio de teléfonos o redes informáticas profiera insultos o cause molestias».

Se trata del mismo juez que hace un mes ordenó seis días de arresto efectivo y una multa de 3000 pesos a una mujer que se tomó fotos «ofensivas» junto a la estatua de Domingo Faustino Sarmiento en su casa natal y las publicó en Facebook.

Fuente: texto e imagen publicados por LaNación.com (28/4/2015)

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