201505.12
Apagado
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Polémico: en Buenos Aires, el fisco podrá quitar dinero de las cuentas bancarias de quienes adeudan impuestos

La Agencia de Recaudación provincial estableció un plan compulsivo de facilidades de pago que entrará en plena vigencia a partir de junio próximo. Los bancos, las emisoras de tarjetas de crédito, las compañías de seguros y las empresas de servicios público cobrarán las deudas de los morosos.

arbaEn una nueva avanzada a fin de potenciar los ingresos provinciales, la Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA) pone en marcha una polémica medida: se trata de un plan compulsivo de facilidades de pago que entrará en plena vigencia a partir de junio próximo.

Por ejemplo, los bancos descontarán mensualmente un monto determinado de las cuentas bancarias de los morosos impositivos bonaerenses a fin de cancelar los impuestos que adeuden  […]

Al respecto, Iván Sasovsky, titular del estudio Sasovsky & Asociados, señaló que «se camufla en un Plan especial de facilidades de pago mediante la actuación de agentes de cobro un simple y llano régimen de recaudación (retención y percepción) que a diferencia de los ya vigentes, se aplica una vez acaecido el hecho imponible y no de modo de pago a cuenta».

«Desde ese punto de vista, resulta más razonable que los ya existentes e ilegales regímenes que confiscan directamente los fondos de los contribuyentes», advierte Sasovsky.

«Asimismo, el rol activo de los nuevos agentes de cobro sigue siendo un costo administrativo que el Estado delega en los particulares hasta ahora para cobrarle a quienes el propio fisco no lo pudo hacer, delegándole responsabilidades desproporcionadas por su mero rol de cobrador, presionando aún más a quienes terminan trasladando esos costos a sus propios precios», adelantó el tributarista.

Pagar a la fuerza
Desde la Editorial Errepar explicaron que la flamante resolución «establece un plan especial compulsivo de facilidades de pago de las deudas líquidas y exigibles que registren los contribuyentes de todos los tributos provinciales, mediante la intervención de agentes de cobro designados al efecto».

Se dispone que deberán actuar como tales a «los bancos, las entidades emisoras de tarjetas de crédito, las entidades de seguros, las empresas de servicios de electricidad y las entidades prestadoras de otros servicios (gas, telefonía fija o móvil, televisión satelital o cable, Internet, entre otros)», señala Errepar.

Respecto a quiénes estarán alcanzados por la polémica medida, el organismo a cargo de Iván Budassi generará, de manera trimestral, una nómina de los contribuyentes incluidos en el plan, la que podrá ser consultada a través del sitio web de ARBA.

En la primera etapa, el plan alcanzará a los contribuyentes con deudas líquidas y exigibles correspondientes a los Impuestos Inmobiliario y Patentes.

Los contribuyentes podrán solicitar la exclusión del plan de pago compulsivo cuando hayan regularizado la deuda exigible o bien cuando el afectado «no revistiera la calidad de contribuyente, se encontrase exento total o parcialmente, o existiera un procedimiento de cambio de imputación, baja por cambio de radicación o trámite catastral».

Sin perjuicio del sistema de exclusión antes mencionados, los particulares y empresas tendrán a su disposición un mecanismo de reclamo y consulta, que se encontrará disponible en el sitio web de ARBA.

Los importes cobrados por los agentes de retención serán imputados a la cancelación de la deuda líquida y exigible que registren al momento de efectuarse esa imputación  […]

Fuente: texto e ilustración publicados por IProfesional.com (12/5/2015)

Seleccionado por Editorial Erreius