201505.27
Apagado
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Se aprueban las condiciones de licitud para la recolección de datos personales a través de VANTs o drones

legislacion (2)

Se aprueban las ‘‘Condiciones de Licitud para la Recolección de Datos Personales a través de VANTs o drones”, que alcanzan a todas aquellas actividades de recolección de datos personales que contengan material fotográfico, fílmico, sonoro o de cualquier otra naturaleza, en formato digital, realizadas mediante VANTs o drones, para su almacenamiento en dispositivos o cualquier otro tratamiento posterior, en los términos de la ley 25326. Asimismo, se aprueban las “Recomendaciones Relativas a la Privacidad en el Uso de VANTs o drones”, todo ello a fin de regular las particularidades que implica una base de datos conformada por datos obtenidos mediante dispositivos que -a diferencia de una cámara de videovigilancia que se encuentra en una posición fija- pueden desplazarse, lo que encierra una afectación particular a la privacidad.

Para acceder al texto de la disposición (DNPDP) 20/2015 haga click aquí

Fuente: Editorial Erreius