201507.29
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Consulta frecuente: ¿Qué ocurre en caso de que el trabajador sufra un accidente o una enfermedad inculpable durante el transcurso de sus vacaciones? ¿Cómo debe procederse?

consultas frecuentesVacaciones y enfermedades inculpables

¿Qué ocurre en caso de que el trabajador sufra un accidente o una enfermedad inculpable durante el transcurso de sus vacaciones? ¿Cómo debe procederse?

En caso de que el trabajador sufra un accidente o enfermedad inculpable durante el transcurso de sus vacaciones, se suspende automática e inmediatamente el goce de estas. A partir de ese momento, se inicia una licencia por enfermedad inculpable hasta el momento en que el trabajador se restablezca y obtenga la correspondiente alta médica. El fundamento de esta suspensión es que la finalidad reparatoria del instituto resulta frustrada ante la aparición de la enfermedad. El plazo restante de las vacaciones comenzará a computarse nuevamente a partir del momento en que el trabajador sea dado de alta por el facultativo certificante. El trabajador deberá dar aviso al empleador de la situación indicando dónde se encuentra, a fin de que el empleador pueda ejercer sus facultades de control y enviar médico para corroborar la situación. El trabajador, asimismo, deberá acreditar la enfermedad sufrida mediante certificado médico, en el que conste el reposo prescripto por el facultativo. Debe tratarse de una enfermedad que, en caso de haber estado prestando servicios normalmente, hubiera impedido dicha prestación. Es decir que no cualquier enfermedad interrumpe las vacaciones, sino solo aquellas que hubieran justificado reposo e impedido la realización de tareas.

Fuente: Editorial Erreius