201507.30
Apagado
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Se declara el servicio de vuelos como “público y esencial”, por lo que se debe garantizar su seguridad, regularidad y eficiencia

legislacion (2)Se declara que la prestación de los servicios de navegación aérea, en y desde el territorio de la República Argentina, constituye un servicio público esencial, en los términos del artículo 24 de la ley 25877 (negociación colectiva laboral). Se establece que la actividad desplegada en el marco del servicio público de navegación aérea debe garantizar la seguridad, regularidad y eficiencia de la navegación aérea, respetando los parámetros de seguridad operacional establecidos o a establecerse por el Sistema Nacional de la Gestión de Seguridad Operacional de la Aviación Civil del Estado Argentino, y debe promover la innovación tecnológica, capacitar y facilitar la capacitación y profesionalización del personal conforme a estándares internacionales, asegurar el compromiso ambiental, garantizar la representación de la comunidad aeronáutica, gestionar con eficacia y eficiencia, crear y dar cumplimiento a un plan de negocios que equilibre la seguridad operacional y el respeto de los derechos de los trabajadores, alcanzar un liderazgo en la región, lograr el autofinanciamiento y reinvertir en dicha actividad las ganancias que se obtengan. Asimismo, se crea la Empresa Argentina de Navegación Aérea Sociedad del Estado (EANASE), en la órbita del Ministerio del Interior y Transporte, que tendrá por objeto la prestación del Servicio Público de Navegación Aérea, con excepción de los servicios de navegación aérea prestados por el Ministerio de Defensa en los aeródromos.

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Fuente: Editorial Erreius