201509.14
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Envejecer con dignidad es un derecho

Isologo 1 trasparente 400x400Por Miriam Petrongolo*
Fue la República Argentina el país impulsor, ante las Naciones Unidas, de la promulgación de una convención especial con el fin de consustanciar la protección de los derechos de las personas mayores.

Se le dió así visibilidad internacional a la necesidad de debatir sobre los problemas específicos que afectan a esta franja etaria en todo el mundo: situaciones de violencia, abusos de diferentes tipos, discriminación y exclusión social en función de la edad, prejuicios y estigmatizaciones.

No fue un gesto protocolar, se propuso discutir la necesidad de reivindicar los derechos de las personas mayores, entre ellos la protección social, salud, participación social y política, la integración y la autonomía en la toma de decisiones, por citar algunos ejemplos.

De igual manera que sostenemos que las personas no dejamos tal condición por el mero hecho de envejecer, tampoco dejamos de tener derechos por haber envejecido. La consideración que debería honrar a los pueblos es que “los derechos no se pierden con la pobreza, ni con la enfermedad, ni con los años cumplidos”. Las personas mayores tienen los mismos derechos humanos y libertades fundamentales que cualquier otra persona.

En esta línea y con este espíritu la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos de las Personas Mayores, se aprobó el 15 de junio en la 45° Sesión de la Asamblea de la Organización de Estados Americanos (OEA), coincidiendo con el día mundial de concientización sobre la violencia hacia las personas mayores.

Una vez aprobado, el texto fue ratificado por los gobiernos de Argentina, Brasil, Chile, Costa Rica y Uruguay. De esta manera América se constituye en la primera región del mundo en contar con “un instrumento regional jurídicamente vinculante que proteja los derechos humanos de los mayores y fomente un envejecimiento activo en todos los ámbitos…” Aquí se aprecia un nuevo estándar para el continente americano.

Rubricado

Ese carácter vinculante del documento compromete a los estados participantes a adoptar medidas, para honrar la convención: “promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades de la persona mayor, a fin de contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad”, a la vez que los compele a prevenir, sancionar y erradicar cualquier práctica que resultara contraria a la Convención.

Además el texto establece las definiciones de sus términos específicos, enumera los 15 principios generales de la promoción y defensa de derechos y establece los derechos protegidos: la igualdad ante la ley y acceso a la justicia, la no discriminación por edad, independencia y autonomía, participación e integración comunitaria, seguridad, derecho a la vida sin ningún tipo de violencia, al consentimiento informado en temas de salud, a la libertad personal y de expresión, a la privacidad e intimidad, a la cultura, al deporte y al trabajo, a la propiedad, al ambiente sano, a los derechos políticos, entre otros.

En virtud de lo expuesto los estados parte deberán actuar e invertir de manera muy bien planificada para cumplimentar los compromisos tomados, dado que los desafíos son varios y complejos. Hablamos de la toma de conciencia de todos los actores sociales implicados en el desarrollo de la vida diaria de las personas mayores.

La capacitación de los RRHH profesionales y no profesionales que tratan día a día a estas personas. La promoción de instituciones y organismos que concreten en acciones los preceptos de la Convención.

El dictado de normativas específicas. La articulación del trabajo multidisciplinario para abordar las temáticas descriptas.

Los compromisos ministeriales y la articulación entre esas carteras. La Cooperación de los Estados Provinciales y Municipales. La sintonía regional, la sensibilización de la sociedad toda, las personas corrientes, la financiación.

Enhorabuena

Le damos la bienvenida a este nuevo desafío que no hace más que intensificar el modelo por el cual muchos trabajamos, la promoción de un envejecimiento activo, que redunde en una buena calidad de vida, que tienda al mayor bienestar posible y sostenga las bases de independencia y autonomía. Es hora de considerar a las personas mayores como sujetos de derecho, terminar con las estigmatizaciones y prejuicios de los que fueron y siguen siendo víctimas.

Hoy el continente americano cuenta con más de 135 millones de personas de 60 o más años, lo que representa el 14% del total de la población americana.

Se estima que para 2030 habrá más de 215 millones de personas mayores de 60 años.

Nuestro país, la Argentina, cuenta con 5.725.838 personas de 60 años y más, de las cuales 3.487 cuentan con 100 años o más.3 No es mucho pedir que todas y todos podamos envejecer con dignidad.

Hay que ponerse en el lugar del otro

La desesperación de los ancianos griegos. sepultados en vida por la crisis, ya no tiene tanto raiting en la TV. Quizás algunos memoriosos acuñaron el capítulo de Los Simpsons donde Homero visita a su padre en un “geriátrico”.Se anuncia en el ingreso pero solo dice “vengo a ver a mi papá”. Se asoman todos los viejitos del hogar, todos esperaban la visita que no llegaría. En 2001, la crisis obligó a la congoja por esos viejos que golpeaban las puertas de los bancos para implorar por sus ahorros. Y el imaginario incluye a Norma Plá diciendole al “inolvidable” Domingo Cavallo, “no llore ministro, usted tiene que ser fuerte”. La nómina puede ser más extensa. Urge decir que si los derechos de los adultos mayores se consagran por convención en América, se habrá cumplido un hecho tan básico como casero: ponerse en el lugar del otro, porque allí vamos.

* Psicóloga de la UBA, especialista en adultos mayores

Fuente: Texto publicado por Diario Bae (14/09/2015)

Seleccionado por: Editorial Erreius