201510.15
Apagado
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Fallo Destacado: El haber jubilatorio percibido en moneda extranjera constituye un derecho adquirido para el amparista

Jurisprudencia ErreiusEn el fallo «D. B., J. c/PEN – AFIP y otro s/amparo ley 16.986» se confirma la resolución que hizo lugar a la acción de amparo interpuesta por la actora -beneficiaria de una jubilación extranjera-, pues privar a una persona de percibir regularmente su beneficio previsional en la moneda de origen que deposita un Estado extranjero con fondos que le son propios y en la moneda de curso legal existente en dicho país afecta su derecho previsional, que forma parte del concepto constitucional de propiedad.

Fuente: Editorial Erreius