201510.21
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Edesur deberá compensar económicamente a un usuario a quien debieron cortarle ambas piernas por las lesiones sufridas a raíz de una descarga

Erreius de InterésFuentes judiciales indicaron esta mañana que la Sala Tercera determinó, no obstante, que Edesur deberá abonar la mitad del total de la condena, de más de tres millones y medio de pesos, ya que la víctima asumió una actitud «imprudente» que influyó en el siniestro.

Según constancias del expediente el 26 de noviembre de 2000 la víctima «recibió una descarga eléctrica cuando se encontraba subido a una escalera apoyada en el poste ubicado en la intersección de las calles Neuquén y 173, en la localidad de Bernal, Provincia de Buenos Aires».

Los camaristas Jorge Argento, Carlos Grecco y Sergio Fernández explicaron que «la responsabilidad de la empresa prestadora de energía eléctrica no sólo emana del carácter de propietaria de las instalaciones sino también de la obligación de supervisión, que es propia de su actividad».

A raíz de la descarga, la víctima sufrió «la amputación de ambos miembros inferiores y la disminución sustancial de la visión y la audición, con la consiguiente dependencia de terceros y la incapacidad, así como las cicatrices antiestéticas en la cara, cuello, espalda».

«El siniestro se ha producido por un deficiente estado y mantenimiento de la instalación eléctrica existente en el lugar, cuya falta de control permitió la presencia de un cable de video no autorizado que colgaba a una altura peligrosa y que en su recorrido fue energizado por entrar en contacto con la línea de alta, media o baja tensión», explicaron los jueces.

Fuente: Texto publicado por iProfesional (19/10/2015)

Seleccionado por: Editorial Erreius