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Una abogada deberá pagar alrededor de 27 mil pesos de multa por criticar una sentencia de la Corte por tener sólo tres firmas

Logo Erreius colorCon la muerte de Carmen Argibay y la renuncia de Raúl Zaffaroni, la Corte Suprema de Justicia de la Nación quedó conformada sólo por cuatro miembros desde diciembre de 2014. Una situación que derivó en sentencias que, para alcanzar la mayoría, cuentan con tres firmas. Justamente, eso fue lo que cuestionó la abogada Gabriela Beatriz Caimi en dos oportunidades y que tuvo, como contrapartida, una sanción y una multa impuesta por el máximo tribunal del país.

Todo comenzó cuando Caimi se enfrentó a una sentencia de la Corte que tenía tres firmas y, entonces, pidió su nulidad. Los magistrados supremos se opusieron al requerimiento pero la abogada insistió. Ahora, en una sentencia que tiene fecha del martes 10, el tribunal volvió a rechazar el planteo y sancionó a la mujer por considerar que tuvo “una conducta deliberada y recalcitrante”: le impuso una multa que equivale al 30 por ciento del sueldo de un juez de primera instancia, lo que ronda los 27 mil pesos.

Caimi sostuvo, en su requerimiento, que “no resultaba legal que el tribunal esté constituido por una cantidad menor a la de cinco jueces”. En la causa en la que realizó esta presentación, la abogada denunció a varios jueces penales y civiles por “irregularidades” en diversos expedientes y hasta por malos tratos que ella habría recibido. Según su denuncia, los funcionarios judiciales habrían incurrido en el delito de “omisión del deber de administrar justicia” y “falta de servicios”. Por esos motivos, Caimi pretendía una indemnización.

Sin embargo, esa causa judicial no prosperó, ni en primera instancia ni en la Cámara, donde las apelaciones y reclamos de la profesional fueron desestimados. El caso llegó entonces la Corte, que dictó sentencia con la firma de tres de sus integrantes, el 24 de septiembre pasado. Para el máximo tribunal del país, el planteo de Caimi era “insostenible”.

Sanción y rechazo
Tras el primer rechazo de la Corte, la abogada volvió a insistir. Y el máximo tribunal le respondió con dureza. En su sentencia, los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Higthon y Juan Maqueda no sólo rechazaron el planteo sino que entendieron que “las nuevas presentaciones efectuadas en esta queja importan una automática reedición de piezas anteriores”.

Además, consideraron que el accionar de la abogada era “una conducta deliberada y recalcitrante que justifica, no sólo el rechazo de las peticiones, sino la necesidad de imponer a la peticionaria (…) una sanción de multa” que establecieron “en el treinta por ciento (30%) de la remuneración que por todo concepto perciba efectivamente un juez de primera instancia”, es decir, unos 27 mil pesos.

Ahora, la abogada tendrá cinco días para depositar el dinero “a la orden del Tribunal” y, hasta que no lo haga, “no se dará curso a las peticiones de la presentante”.

Fuente: Texto publicado por Infojus Noticias (14/11/2015)

Seleccionado por: Editorial Erreius