201601.15
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Consulta frecuente: ¿En qué consiste el nuevo derecho real de superficie regulado por el Código Civil y Comercial?

CF 1

Código Civil y Comercial de la Nación. Aspectos esenciales

El derecho de superficie consiste en la facultad atribuida a su titular de construir o plantar en suelo ajeno y hacer suyo lo construido o plantado (con independencia de la propiedad del suelo), o de adquirir una edificación o plantación ya existente en forma separada de la propiedad del suelo. Se trata de un derecho real temporario, enajenable y trasmisible por causa de muerte.

En el Código Civil y Comercial se regula como el derecho a construir o forestar como derecho sobre cosa ajena y derecho sobre propiedad superficiaria como derecho sobre cosa propia, aunque coexiste con la propiedad separada del titular del suelo.

Este derecho real fue sancionado por ley 25509 pero solo como superficie forestal, es decir, su objeto es lo forestal, no comprende la superficie edificada. Esta ley derogó la prohibición de constituir superficie contenida en el artículo 2614 del Código Civil. Se trataba de una ley que técnicamente no tuvo casi ninguna aplicación práctica.

El artículo 2 de la ley 25509 contenía la definición del derecho real de superficie forestal.

Fuente: Editorial Erreius