201602.23
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Impuesto a las ganancias. Ganancia no imponible. Cargas de familia. Deducciones especiales. Adecuación

Legislación - ErreiusSe deja sin efecto el decreto 1242/2013, que establecía la no aplicación del impuesto a las ganancias para los sujetos que hubieran percibido entre los meses de enero a agosto de 2013 remuneraciones brutas de hasta $ 15.000 mensuales -entre otros- y se incrementan a partir del 1/1/2016 los importes anuales de las deducciones personales, según el siguiente detalle:
mínimo no imponible: $ 42.318;
cónyuge: $ 39.778;
hijos: $ 19.889;
otras cargas: $ 19.889;
deducción especial: $ 42.318.
En virtud de las citadas modificaciones, la deducción especial incrementada [art. 79, incs. a), b) y c), LIG, para sueldos y jubilaciones] se establece en $ 203.126, y la deducción anual de los importes abonados por servicio doméstico pasa a tener un tope de $ 42.318.

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Fuente: Editorial Erreius