Convenio de desocupación. Suscripción posterior a la entrada en vigencia del CCyCo. Inadmisibilidad de la homologación. Artículo 47 de la ley 21342
D. L. F., H. R. y otro c/Á., I. G. y otros s/homologación de acuerdo – Cám. Nac. Civ. – Sala A – 08/04/2016
Se confirma la resolución mediante la cual la juez “a quo” rechazó “in limine” la homologación del convenio de desocupación promovida, pues resulta inadmisible atento a la expresa derogación de la ley 21342 con la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación .
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Fuente: Editorial Erreius