201606.07
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Límite al incremento del monto por servicios de gas

LegislaciónLa Resolución 99/2016 define un límite en el incremento del monto final a facturar por las prestatarias de servicios de distribución de gas por redes a usuarios residenciales y a los usuarios del Servicio General «P» (SGP), respecto del valor que hubiera correspondido facturar aplicando, al consumo del período actual, el cuadro tarifario vigente hasta el 31 de marzo pasado.

Ello a los fines de mitigar el impacto de la aplicación de los cuadros tarifarios aprobados y, en tal sentido, determinar un límite en el incremento que vaya a afectar al monto final facturado por metro cúbico (m3) de gas suministrado por prestatarias de servicios de distribución de gas por redes a usuarios residenciales y a los usuarios del Servicio General para Pequeños Consumos (SGP) para el año 2016, respecto al que resultaba de aplicar el cuadro tarifario vigente hasta el 31 de marzo pasado.

Dicho límite en el incremento del monto final a abonar por los usuarios supone un aumento del subsidio solventado por el Estado Nacional, que ya beneficia a los usuarios residenciales y del Servicio General «P», y que surge de la diferencia entre los precios que esos usuarios pagan por el valor del gas que integra sus tarifas y el precio final que reciben los proveedores de ese gas natural o propano; todo ello sin perjuicio de los subsidios adicionales a consumos residenciales en la región patagónica, la región de la Puna y el Departamento de Malargüe de la Provincia de Mendoza.

Fuente: Editorial Erreius