Tucumán. Tiempo de espera para la atención a consumidores y usuarios
Se declara el carácter de «trato indigno» a los consumidores o usuarios para toda práctica de atención al público que implique permanecer en filas con esperas mayores a 30 minutos, a la intemperie o en el exterior de instituciones o locales comerciales; o que obligue a esperas mayores a 90 minutos, independientemente de las comodidades otorgadas; o que implique una práctica abusiva conforme a lo establecido por el artículo 8 bis de la ley de defensa del consumidor.
Fuente: Editorial Erreius