201608.19
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Enargas. Instrucciones para la Aplicación de Tarifas. Audiencia Pública

Instrucciones al Ente Nacional Regulador del Gas para la Aplicación de Tarifas. Convocatoria a Audiencia Pública

RESOLUCIÓN 152-E/2016

Se instruye al Ente Nacional Regulador del Gas a adoptar las medidas correspondientes en cumplimiento de los criterios adoptados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación como consecuencia de lo resuelto en la causa “Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad y otros c/Ministerio de Energía y Minería s/amparo colectivo”, con fecha 18 de agosto del corriente, en la cual el Máximo Tribunal confirmó parcialmente la sentencia dictada por la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata en cuanto a la nulidad de las resoluciones 28/2016 y 31/2016 del Ministerio de Energía y Minería, decisión que se circunscribió al colectivo de usuarios residenciales del servicio de gas natural, manteniéndose respecto de ellos, y en la medida en que resulte más beneficiosa, la vigencia de la tarifa social correspondiente al cuadro tarifario del servicio público de distribución de gas natural por redes de todo el país. Para así decidir, la Corte entendió que a los efectos de la adecuación tarifaria efectuada, aun tratándose de una revisión transitoria, resulta necesaria la celebración de audiencia pública. Respecto de los precios de gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), consideró que, hasta el momento en que dicho precio efectivamente se determine sobre la base de la libre interacción de la oferta y la demanda, su análisis como componente tarifario debe efectuarse junto con la revisión de dichas tarifas, para lo cual es necesaria la celebración de audiencia pública.

Fuente: Editorial Erreius