Usuarios residenciales. Facturación de gas por consumos registrados a partir de abril
Se instruye a las prestadoras del servicio público de distribución de gas por redes de todo el país a que, a los efectos de la facturación a los usuarios residenciales por los consumos registrados a partir del 1 de abril de 2016, apliquen los cuadros tarifarios vigentes al 31 de marzo de 2016, y se dispone que, a los efectos de la facturación por parte de las prestadoras del servicio público de distribución de gas por redes a aquellos usuarios residenciales beneficiarios del régimen de “Tarifa Social”, por los consumos registrados a partir del 1 de abril de 2016, los montos que resulten de la aplicación de los cuadros tarifarios vigentes al 31 de marzo de 2016 no podrán resultar superiores a aquellos que hubiese correspondido facturar de aplicarse los cuadros tarifarios aprobados con vigencia a partir del 1 de abril de 2016; caso contrario, deberá facturarse aplicando los cuadros tarifarios mencionados en último término.
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Fuente: Editorial Erreius