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Certificado Único de Discapacidad. Derechos Fundamentales

Deber de Informar a las Personas con Discapacidad sobre sus Derechos Fundamentales al Momento de Entregar el Certificado Único de DiscapacidadLEY (Poder Legislativo) 27269 
BO: 31/08/2016

Deber de Informar a las Personas con Discapacidad sobre sus Derechos Fundamentales al Momento de Entregar el Certificado Único de Discapacidad

Se determina que el Estado Nacional, a través de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas con Discapacidad, o el organismo que en el futuro la reemplace, tendrá a su cargo la elaboración de una cartilla de derechos para personas con discapacidad.

Dicha cartilla deberá informar en forma sintética, clara y accesible a las personas con discapacidad sus derechos fundamentales conforme a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y las leyes específicas vigentes en la materia, así como también los mecanismos para exigir su cumplimiento.

Fuente: Editorial Erreius