201609.01
Apagado
0

La justicia de CABA puso tope a inmobiliarias para cobrar comisiones por alquiler

Erreius Jurisprudencia “Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia y otros c/ Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA s/ amparo”

El Juzgado Nº 17 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires declaró la nulidad de la resolución nº 350/CUCICBA/16 – inciso 3, punto a) de su art. 1°-. En consecuencia, los corredores inmobiliarios no podrán cobrar en concepto de comisión a inquilinos y/o potenciales inquilinos de un inmueble con destino a vivienda única un importe superior al 4,15% del valor total del respectivo contrato, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 57 de la ley nº 2.340. Tampoco podrán pretender el cobro de comisiones que excedan el tope citado, bajo el rubro de “gastos” u otros conceptos.

Fuente: Editorial Erreius