201609.07
Apagado
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Incapacidad laboral. Compensaciones dinerarias adicionales de pago único

Pago único por incapacidad laboral. Compensaciones dinerarias adicionales. Actualización de valoresRESOLUCIÓN 387-E/2016

Se actualizan, según la variación del índice RIPTE (Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables), los valores de las compensaciones dinerarias adicionales de pago único determinadas en la ley de riesgos del trabajo [art. 11, inc. 4), aps. a), b) y c) de la L. 24557] y los pisos mínimos indemnizatorios para el caso de incapacidad permanente parcial [art. 14, inc. 2), aps. a) y b) de la L. 24557] y de muerte o incapacidad total (art. 3, L. 26773), para los períodos comprendidos entre el 1/9/2016 y el 28/2/2017, inclusive.

Fuente: Editorial Erreius