201611.08
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Modificación de la ley de estupefacientes. Actualización de multas

LEY 27302. Modificación de la ley de estupefacientes. Actualización de multasLEY 27302

Se modifica la ley 23737, que prohíbe el cultivo, tenencia y comercialización de estupefacientes. En tal sentido, se actualizan los valores de las penas de multa por cultivo o comercialización de estupefacientes (art. 5), las multas por introducir estupefacientes al país (art. 6) y las multas por organizar o financiar actividades relacionadas con los artículos 5 y 6 (art. 7); se modifican las penas por introducción de precursores químicos al país sin autorización (art. 24) y las penas por cometer delitos relacionados con estupefacientes, actuando como agente de una persona jurídica (art. 27); se modifica el destino de los estupefacientes en infracción o de los elementos destinados a su elaboración (art. 30); se establece la obligación del Estado Nacional de elaborar y mantener actualizado un listado de sustancias que puedan ser utilizadas para la elaboración de estupefacientes, y se obliga a las personas que trabajen con estas sustancias a inscribirse en el Registro Nacional de Precursores Químicos (art. 44); y se incorporan penas por falsear los datos suministrados al Registro Nacional de Precursores Químicos y el valor de las unidades fijas utilizadas para la cuantificación de multas (arts. 44 bis y 45). Finalmente, se actualizan las penas establecidas en el Código Aduanero por tráfico de estupefacientes (art. 866, L. 22415).

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Fuente: Editorial Erreius