201612.27
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Procedimiento. SECLO. Conciliación laboral. Plazo

Procedimiento. SECLO. Conciliación laboral. Plazo¿Cuál es el plazo para realizar la conciliación?

El plazo para realizar la conciliación será de hasta veinte días hábiles, contados desde la celebración de la audiencia. Las partes, de común acuerdo, podrán proponer una prórroga de hasta 15 días, que el conciliador concederá si estima que la misma es conducente para la solución del conflicto. Vencido el plazo sin que se hubiere arribado a una solución, se labrará el acta y quedará expedita la vía judicial.

Fuente: Editorial Erreius