201612.28
Apagado
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Deberá indemnizar a su hijo y a la madre del menor por daño moral

Deberá abonar una indemnización a su hijo y a la madre del menor por daño moral ante la falta de reconocimiento oportuno de la filiación C., R. E. y otro c/C., F. A. s/filiación

Se eleva la suma en concepto de daño moral reconocida a favor del hijo menor del demandado por la falta de reconocimiento oportuno de la filiación paterna, y se reconoce otra para la madre del menor en su condición de damnificada directa por el menoscabo existente y subsistente como consecuencia directa del accionar ilícito del progenitor, que se traduce en el intenso dolor sufrido por aquella, que deberá sobrellevar por largo tiempo.

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Fuente: Editorial Erreius