201702.02
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Se ordena a los padres de una menor a dar cumplimiento al régimen de comunicación bajo aprecibimiento de aplicación de multas

Se ordena a los padres de una menor a dar cumplimiento al régimen de comunicación bajo aprecibimiento de aplicación de multasM., P. M. y otro demandado: Z. F., A. R. s/ art. 250 C.P.C – Incidente familia

Se ordena a ambos progenitores diversas medidas a fin de dar cumplimiento con el régimen de comunicación dispuesto a favor de la hija menor con su padre, entre ellas la acreditación de las terapias individuales para los adultos, el tratamiento psicológico para la niña y las entrevistas de orientación a padres, a fin de propender a que se lleve a cabo un plan de parentalidad. Todo ello bajo apercibimiento de aplicación de multas, y exhortándose a las partes severamente a dar estricto cumplimiento a lo que se decide. Es que en materia de familia los jueces –en principio- pueden de oficio adoptar aquellas medidas conducentes a asegurar la efectividad de los principios y derechos consagrados en la Convención de los Derechos del Niño.

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Fuente: Editorial Erreius