La extensión de responsabilidad solidaria laboral no puede afectar a una persona jurídica pública
Viviani, Carlos Vicente c/Banco de la Ciudad de Buenos Aires y otro s/despido
Se hace lugar a la demanda por despido interpuesta por el actor, habida cuenta de que se acreditó la utilización fraudulenta de la estructura societaria de la cooperativa de trabajo para encubrir una relación laboral. Asimismo, por otro lado, se rechaza la extensión de responsabilidad solidaria contra el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, dado que una persona jurídica pública no puede ser afectada por la extensión de la responsabilidad solidaria contemplada en el artículo 30 de la L.C.T.
Acceda al texto completo.
Fuente: Editorial Erreius