La CSJN dispuso que la CIDH no puede revocar sus sentencias
Se rechaza el pedido de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación a efectos de dar cumplimiento con la sentencia dictada por Corte Interamericana en la causa “Fontevecchia y otros c/ República Argentina”, pues dejar sin efecto una sentencia nacional pasada en autoridad de cosa juzgada, resulta jurídicamente imposible a la luz de los principios fundamentales del derecho público argentino e implicaría transformar a tribunal internacional, en una «cuarta instancia» revisora, en clara violación de los principios estructurantes del sistema interamericano y en exceso de las obligaciones convencionalmente asumidas por el Estado argentino.
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Fuente: Editorial Erreius