Se sanciona a un abogado que no notificó fehacientemente su renuncia
M., C. D. E. c/ Colegio Público de Abogados de Capital Federal s/ejercicio de la abogacía
La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la sanción de multa a un abogado que no notificó fehacientemente su renuncia. El tribunal expuso que si bien el profesional tiene el derecho de renunciar a la representación o patrocinio, resulta evidente que debe constar o probar que tal renuncia existió y que no se configuró abandono puro y simple de su obligación respecto de su defendido, violándose los principios rectores de lealtad, probidad y buena fe en el ejercicio profesional.
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Fuente: Editorial Erreius