201703.01
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Sociedad conyugal. Disolución por muerte de cónyuge. Acreedores

Sociedad conyugal. Disolución por muerte de cónyugue. AcreedoresM. de Y., C. c/A., N. F. s/cobro de sumas de dinero

Se revoca la resolución que había reducido al 50% indiviso el embargo trabado sobre un lote, bien ganancial del deudor fallecido, bajo el entendimiento de que cada uno de los cónyuges responde frente a sus acreedores con todos sus bienes propios y los gananciales por él adquiridos. De allí que la responsabilidad ante terceros sigue comprometiendo todo el caudal de la administración que al causante le correspondía.

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Fuente: Editorial Erreius