201703.09
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Provincia de Buenos Aires. Nuevo valor del jus arancelario

Provincia de Buenos Aires. Acuerdo (SCBA) 3869. Nuevo valor del jus arancelario

Mediante el Acuerdo 3869, de fecha 18/10/2017, la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires dispone fijar el valor jus, conforme lo dispuesto por artículo 9 de la ley 14967 con vigencia desde el 21 de octubre de 2017, en la suma de $ 972. Se deroga Acordada 3867/2017.

Buenos Aires. Valor del jus arancelario

Acuerdo (SCBA) 3869

VISTO

La sanción de la nueva Ley de Honorarios de Abogados y Procuradores N° 14.967 y su publicación en el Boletín Oficial el día 12 de octubre de 2017; y

CONSIDERANDO

Que en virtud de lo prescripto por el artículo 9 de dicha norma corresponde a esta Suprema Corte, sin abrir juicio acerca de la constitucionalidad de la ley citada, adecuar el valor del Jus conforme la nueva unidad de cálculo.

Que teniendo en cuenta la remuneración asignada al cargo de Juez de Primera Instancia de la Provincia de Buenos Aires -prevista por la ley 10.374 y sus modificatorias- con quince (15) años de antigüedad, incluido el básico, permanencia, bloqueo de título y todo otro tipo de bonificaciones, compensaciones, gratificaciones o adicionales, cualquiera fuese su denominación y se encuentren sujetos o no a aportes o contribuciones, exceptuando sólo los rubros que dependan de la situación personal particular del magistrado.

Que consecuentemente, habiendo tomado intervención la Secretaría de Administración, la misma informa como valor del jus arancelario la suma de pesos novecientos setenta y dos ($ 972).

Que la publicación que se dispone será realizada de igual manera que la prevista por el Acuerdo N° 1763.

Que sin perjuicio de lo anterior, corresponde encomendar a las áreas competentes del Tribunal, el análisis de las implicancias que tendrá la ley 14.967 en lo que hace a retribuciones, subsidios, depósitos y demás aspectos que la misma comprende.

Por ello, la Suprema Corte de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones,

ACUERDA

1°.- Fijar el valor del «Jus» conforme lo dispuesto por el artículo 9 de la ley 14.967 con vigencia desde el 21 de octubre de 2017, en la suma de // //novecientos setenta y dos ($ 972), importe que resulta del cálculo que esa norma establece.

2°.- Derogar el Acuerdo N° 2642.

3°- Derogar la Acordada N° 3867.

4°.- Encomendar a las áreas competentes del Tribunal, el análisis de las implicancias que tendrá la ley 14.967 en lo que hace a retribuciones, subsidios, depósitos y demás aspectos que la misma comprende.

5°.- Regístrese, comuniqúese. Publíquese en la página web de este Tribunal, en el Boletín Oficial y en el Diario de Jurisprudencia Judicial de la Provincia de Buenos Aires.

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Fuente: Editorial Erreius