Creditos previsionales por reajuste y movilidad jubilatoria: La CSJN declaró aplicable la tasa pasiva
Cahais, Rubén Osvaldo c/ANSeS s/reajustes varios – Corte Sup. Just. Nac. – 18/04/2017
Se dispone la aplicación de la tasa pasiva de interés para el reajuste de haberes solicitado por un jubilado a partir del 2002 (de acuerdo con lo resuelto en la causa “Badaro”), en concordancia con lo resuelto por la Corte Federal en la causa “Spilate” y lo previsto por la L. 27260, Ley de Reparación Histórica de Jubilados y Pensionados.
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Fuente: Editorial Erreius