201704.26
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Procedimiento administrativo. Recursos administrativos. Competencia

Procedimiento administrativo. Recursos administrativos. Competencia¿Cómo se determina la competencia de un órgano administrativo para resolver un recurso si durante el trámite del mismo se modificó normativamente la competencia para entender sobre dicho recurso?

Se debe tener en cuenta que resultan inaplicables a los procesos en trámite las leyes modificatorias de la competencia sancionadas con posterioridad a la radicación de la causa ante el tribunal -entendiendo por radicación la traba de la litis o la decisión judicial de un eventual incidente de competencia-, por entender cristalizada a ese momento la aptitud del órgano encargado de resolver la cuestión, quedando este inmune a los cambios posteriores. Ese criterio llevado a sede administrativa significa que la competencia del órgano queda fijada al momento de la interposición del recurso.

Fuente: Editorial Erreius