Buenos Aires. Presentaciones y notificaciones electrónicas. Nuevo reglamento
Recordamos que a partir del 2/5/2017 comenzará a regir el nuevo reglamento de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas, dispuesto por Acuerdo (SCBA) 3845/2017, en todos los procesos judiciales de trámite en todas las instancias en el ámbito del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires.
Entre las principales modificaciones se destacan:
– Obligatoriedad de constituir domicilio electrónico.
– Todas las notificaciones a domicilios constituidos deberán realizarse únicamente por medios electrónicos (con la salvedad de aquellas excluidas expresamente por ley).
– Se incluye una nueva funcionalidad en la cual se establece que las cédulas que deben diligenciarse en un domicilio físico, sin copias de documentación, deberán ser remitidas a los organismos jurisdiccionales por intermedio del portal web seguro, quienes las confrontarán y remitirán electrónicamente a la Oficina de Mandamientos y Notificaciones correspondiente al lugar donde deba realizarse la notificación.
– Se establece la obligatoriedad para todas las Oficinas de Mandamientos y Notificaciones de rechazar y devolver sin diligenciar las cédulas en papel que deban ser canalizadas por medios electrónicos.
– Se confiere expresamente la facultad de constituir domicilio electrónico en el de un abogado distinto del patrocinante en la causa, o en el de la propia parte si tuviese certificado propio.
– Todas las cédulas electrónicas deberán confeccionarse según el nuevo modelo aprobado por la Reglamentación.
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Fuente: Editorial Erreius
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